SALIDAS TRANSITORIAS

Aprobaron con cambios la ley que limita las excarcelaciones

El Senado de la Nación aprobó ayer,  con reformas, y devolvió a Diputados, el proyecto de ley que propone un nuevo régimen de excarcelaciones.

El proyecto de ley que limita las excarcelaciones fue aprobado por Senadores con cambios, ahora volverá a Diputados.
El proyecto de ley que limita las excarcelaciones fue aprobado por Senadores con cambios, ahora volverá a Diputados.

El mismo  prohíbe el sistema de salidas transitorias para imputados por delitos de homicidio agravado, de índole sexual y robo con armas, entre otros. La iniciativa fue sancionada con 48 votos a favor, 8 negativos y una abstención. No obstante se le introdujeron una serie de modificaciones por lo que fue girado a su Cámara de origen. 

Entre las modificaciones se excluyeron algunos delitos del listado de figuras penales donde no se permitirán las salidas transitorias, y fueron los delitos de homicidio simple y contrabando y quedaron incluidos los de homicidio agravado, delitos contra la integridad sexual, privación ilegal de la libertad coactiva, tortura seguida de muerte y secuestro extorsivo.

Asimismo se corrigieron las  facultades excesivas que se otorgaban al Servicio Penitenciario, para que sea el juez de ejecución penal, el que decida sobre la concesión de las salidas anticipadas. Esta revisión se produjo, tras advertir que en caso de ser aprobado como está, devuelve al Servicio Penitenciario el poder absoluto en la condena.

El proyecto modifica la Ley 24.660 de ejecución de la pena privativa de la libertad y, entre los puntos más importantes, agrega más delitos al artículo en el que se establece en qué casos el detenido no puede acceder al beneficio de la libertad anticipada.

La Ley 24.660 indica en el artículo 56 bis que "no podrán otorgarse los beneficios comprendidos en el período de prueba a los condenados" por delitos como homicidio agravado; delitos contra la integridad sexual seguido de muerte; privación ilegal de la libertad coactiva; homicidio en ocasión de robo y secuestro extorsivo seguido de muerte intencional.

El proyecto modifica ese artículo y agrega otros delitos que hasta ahora no están contemplados, como el homicidio simple y los delitos contra la integridad sexual como el abuso de menores de edad en cualquiera de los supuestos contemplados en los artículos 119 y 120 del Código Penal, incluso cuando no se produzca la muerte de la víctima.

También se agregan también corrupción de menores; promoción o facilitación de la prostitución de una persona; explotación económica del ejercicio de la prostitución; privación ilegal de la libertad coactiva seguida de muerte; tortura seguida de muerte; robo seguido de muerte; robo "con armas, o en despoblado y en banda"; secuestro extorsivo seguido de muerte intencional o no y captación o traslado de personas con el fin de la explotación.

Electro-dependientes

La Cámara de Senadores aprobó ayer por unanimidad, y sin debate, un proyecto de ley para garantizar el suministro permanente y gratuito de energía eléctrica a las personas electrodependientes que lo requieran por problemas de salud. Con esto se soluciona  el problema de las personas que deben tener energía eléctrica para utilizar aparatología o para mantener la cadena de frío de sus medicamentos.

El proyecto denomina "electrodependientes por cuestiones de salud" a las personas que requieran de un suministro eléctrico "constante y en niveles de tensión adecuados" para poder alimentar el equipamiento prescripto por un médico matriculado y que resulte necesario para evitar riesgos en su vida o su salud. También garantiza la provisión permanente del servicio. 

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