Mientras tanto, se espera para los próximos días el desembarco del magistrado en Esquel para continuar la investigación.
Los padres y hermanos de Santiago contaron que este domingo hablaron con el titular del Juzgado Federal 2 de Rawson, quien buscó llevarles tranquilidad; también les pidió tiempo para interiorizarse del expediente, que suma 2.600 fojas, 250 horas de audiencias grabadas y diversas contradicciones entre los más de 30 testigos.
La querella recibió como "un buen gesto" el contacto del magistrado y destacó que están "más tranquilos", ya que el anterior juez Guido Otranto, apartado de la causa el viernes pasado, nunca había priorizado el contacto con los familiares de la víctima.
“Su gesto, de profunda calidez humana, renueva nuestra fe en poder llegar a la verdad", expresó la familia en un comunicado oficial. “Una vez más, comprometemos toda la colaboración a nuestro alcance para lograr ese objetivo”, agrega el texto.
“Anhelamos que se le conceda al nuevo magistrado la oportunidad de trabajar sin interferencias de ninguna clase”, sigue.
La semana pasada la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia dispuso que Lleral se avoque, durante 60 días, "de manera exclusiva al conocimiento de las causas" del caso Maldonado, en la misma resolución que apartó de esos expedientes al juez federal de Esquel, Guido Otranto, recusado por las querellas.
Denuncia por encubrimiento a Comodoro Py
El fiscal de la Cámara Federal, Germán Moldes, dictaminó que la denuncia por el presunto encubrimiento de funcionarios del gobierno de Mauricio en la desaparición de Santiago Maldonado debe tramitarse en los tribunales de Comodoro Py y por el juez Rodolfo Canicoba Corral.
Moldes sostuvo en su dictamen que el delito de encubrimiento es "autónomo" de la causa por la desaparición forzada. El fiscal señaló que el juez Canicoba Corral "no solo es quien previno en las actuaciones sino que esta ciudad es el asiento de las funciones de los sindicados como responsables del hecho".
Moldes aclaró en su dictamen sobre "la cuestión de competencia" –qué juez interviene en la denuncia– y no respecto "a la materialidad de los hechos denunciados".