LA PROMULGÓ EL GOBIERNO

Es ley la quita de la Patria Potestad a femicidas condenados

El Gobierno promulgó ayer la ley 27.363, que establece la privación automática de la responsabilidad parental a quienes sean condenados por homicidio agravado por el vínculo, femicidio, lesiones y abuso sexual de sus hijos.

El Senado sancionó la ley para homicidios agravados por vínculo, violencia de género, lesiones gravísimas y abuso de hijos.
El Senado sancionó la ley para homicidios agravados por vínculo, violencia de género, lesiones gravísimas y abuso de hijos.

Se trata de una modificación del Código Civil y Comercial de la Nación que fue sancionada por el Congreso a fines de mayo.

De esta manera se establece que los cuatro hechos aberrantes que implican la pérdida automática de la responsabilidad parental son los de homicidio agravado por vínculo, por violencia de género, lesiones gravísimas y abuso del hijo o hija.

La suspensión de la responsabilidad parental se aplicará cuando se dicte el procesamiento, salvo cuando se trate de una mujer que, en legítima defensa, mate a su pareja. Es decir, si el homicidio es cometido por la mujer hacia el hombre pero hubiera existido violencia de género previa.

De acuerdo a un informe de una ONG, desde  2008 a 2016, 2.919 hijos perdieron a sus madres, de los cuales 1.859 eran menores de edad, de acuerdo a la asociación civil La Casa del Encuentro. En el último año, según esta ONG, 290 mujeres fueron asesinadas a manos de sus parejas o ex parejas, lo que arroja un promedio de un feminicidio cada 30 horas.  

Asimismo, este  lunes también fue publicada en el Boletín Oficial la ley que crea un “Programa de Acompañamiento para el Egreso de Adolescentes y Jóvenes sin Cuidados Parentales”, destinado a personas de entre 13 y 21 años.

Se trata de un programa de adhesión voluntaria, que se divide en dos tipos de ayuda: por un lado, un acompañamiento personal al joven en distintas áreas -como educación, salud, trabajo y vivienda- y por otro, una asignación económica mensual.

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