LA CATEGORIA MINIMA ES $787

Monotributo: hoy se oficializa la nueva reglamentación y los aumentos

"Con la adecuación del monotributo se incorporarán unos 150.000 nuevos contribuyentes a este régimen simplificado de impuestos", dijo ayer Abad durante una rueda de prensa en la sede de la AFIP.

Aumenta el impuesto, ahora la categoría mínima es de $787 (hoy en $ 615) y la máxima $5.444 (actual es de $ 3.276).
Aumenta el impuesto, ahora la categoría mínima es de $787 (hoy en $ 615) y la máxima $5.444 (actual es de $ 3.276).

El Director de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Alberto Abad, anunció que hoy jueves publicarán en el Boletín Oficial la nueva reglamentación del Monotributo, que entre otras medidas, incorporará 150.000 nuevos contribuyentes que se sumarán a los más de 3 millones alcanzados por este impuesto.

El funcionario explicó que, entre otras medidas, se incorporó una categoría, la "A" para quienes facturen hasta 84.000 pesos anuales, quienes deberán pagar $ 787 por mes como aporte a la obra social y a la jubilación.

Además "se permitirá el reingreso de los sujetos excluídos de oficio, o autoexcluídos durante el 2016, quienes no deberán esperar tres años, como era hasta ahora", dijo Abad.

La nueva tabla del Monotributo, que ya está subida a la página de la AFIP, se aplicará de parámetro para la primera recategorización de este año.

A partir del 10 de enero próximo, ya estará habilitada la página de Internet de la AFIP para realizar este y otros trámites, ya que el organismo se tomó estos días para adecuar los sistemas a los nuevos valores y normativa.

Entre otras medidas, se modificaron los valores de los dos componentes del Monotributo incrementado un 75% el Impuesto Integrado en toda la tabla, mientras que el Aporte Previsional comienza en 300 pesos, y aumenta un 10% respecto a la categoría inmediata anterior, para hacer progresivo este parámetro.

El aporte a la obra social se mantendrá en los $ 419 mensuales, informó la AFIP.

Abad explicó que se producirá "una convergencia de hecho" entre las categorías que rigieron hasta diciembre del 2016, y las que se establecen en la nueva escala.

El monotributista deberá confirmar esta recategorización "de oficio" hasta el 30 de abril, descargando su nueva credencial, que le servirá para el pago mensual.

Pero el titular de la AFIP adelantó que, a partir de este año, se realizarán "recategorizaciones de oficio" a los contribuyentes, "en base a presunciones" por sus niveles de gastos o ingresos.

Para el pago de enero y febrero, podrán utilizarse la credencial de pago vigente hasta el 2016. Quienes realizan los pagos por medios electrónicos, como VEP, Home Banking, o débitos automáticos, lo abonarán con los nuevos valores.

Los monotributistas que paguen con los valores vigentes hasta el 2016 tendrán hasta el 31 de mayo para abonar la diferencia, sin pagar intereses, ingresando a la página de la AFIP, siempre a partir del 10 de enero, con su número de CUIT, donde podrá calcular el monto a pagar y generar los formularios correspondientes.

También a partir de esa fecha podrán adherirse al Régimen Simplificado de Monotributo quienes estén interesados, sin ningún tipo de inconveniente.

Con la sanción por parte del Congreso de la Ley 27.346 se incrementaron los parámetros de ingresos del Régimen Simplificado en un 75%.

De esta manera, el límite anual de facturación para los servicios será de $ 700.000 y para la venta de bienes $ 1.050.000. También, aumentaron las mensualidades del impuesto, pasando la obligación mínima a $ 787 (hoy en $ 615) y la máxima llegará a $ 5.444 (actual es de $ 3.276).

El aporte previsional mensual pasa a ser de $ 300 pesos (en lugar de $ 157) y el correspondiente a la obra social, para el titular y para cada adherente continuará en $ 419 pesos.

Además se crea, a pesar que ya antes existía y no se aplicaba, un régimen de actualización automático de los parámetros y de las mensualidades, cuya primera reactualización será en septiembre.

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