MATARON A JONATHAN BAUTISTA

Condenas de 10 y 8 años por un homicidio en B° Solidaridad

Los hermanos Osvaldo Darío y Ramón Neri Plaza recibieron condenas de 10 y de 8 años respectivamente, por el homicidio de Jonathan Bautista ocurrido en diciembre del año pasado.

NDS |

La muerte de Jonathan Bautista, de 20 años, ocurrió el 11 de diciembre pasado en barrio solidaridad.
La muerte de Jonathan Bautista, de 20 años, ocurrió el 11 de diciembre pasado en barrio solidaridad.

Bautista falleció el domingo 11 de diciembre de 2016 luego de recibir lesiones provocadas por un arma blanca en la zona toráxica, en una gresca que ocurrió en el barrio Solidaridad de la zona sureste de la Capital salteña.

Osvaldo Darío Plaza deberá cumplir prisión de cumplimiento efectivo por el delito de homicidio simple en calidad de autor; y su hermano Ramón Neri deberá purgar 8 años en la cárcel, acusado por el delito de homicidio simple en calidad de partícipe primario.

En los alegatos, el fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Pablo Paz, había solicitado penas de 14 y 10 años de prisión para los hermanos Plaza.

La jueza Mónica Muksdi, de la Sala VI del Tribunal de Juicio en su veredicto, impuso a Ramón Neri Plaza la pena de 8 años de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de homicidio simple en calidad de partícipe primario; y a su hermano Osvaldo Darío Plaza la pena de 10 años de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de homicidio simple en calidad de autor en perjuicio de Jonathan Bautista, que al momento de su fallecimiento tenía 20 años.

Penas a agresores de un vecino 

Agustín Saracho, Kevin Jordan Gallardo y F.S. (menor al momento del hecho) fueron denunciados por un episodio ocurrido el 31 de agosto de 2015. Esa noche agredieron a un vecino de barrio El Bosque con cadenas, patadas y golpes de puño, provocándole lesiones varias.

Ayer fueron condenados; los mayores por dos años deberán declarar domicilio debiendo comunicar cualquier cambio dentro de las 48 horas de producido, prohibición de acercamiento a la víctima y su grupo familiar en un radio de 200 metros, prohibición de ejercer actos de violencia física o psíquica contra el denunciante, abstenerse del abuso de bebidas alcohólicas y del consumo de estupefacientes.

En el caso de F.S., los antecedentes se elevarán al Juzgado de Menores que corresponda.

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