Se debe a que Cazón habría dispuesto la libertad de ocho personas detenidas en el control de Gendarmería Nacional en el puente internacional de Salvador Mazza y porque luego habría presionado a dos gendarmes para que negaran haber dispuesto estas medidas tras consultarlo con él.
Mariscal Astigueta remitió la causa a juicio la causa contra Cazón y, en ese mismo decisorio, pidió el allanamiento de inmunidad del fiscal. Esta solicitud ya motivó una reunión del Tribunal, aunque se aclaró que aún no está resuelta la admisibilidad del trámite. Cazón ya hizo su descargo.
En la requisitoria de elevación a juicio el fiscal penal 1 de Tartagal, le atribuye a Cazón haber ordenado la libertad de Dionisio Tuco Mamani, Gloria Díaz, Yanina Lobo, Rolando Córdoba, Gregorio Cruz Camacho, Jorge Lucio Angelito, Rolando Gustavo López Ramos y Javier Alejandro Larrea, y de haberse atribuido cone ste proceder “facultades que son propias de un juez y no de un fiscal como es el de otorgar la libertad a ocho personas que revestían pedidos de captura judicial”.
En el entendimiento de la acusación, y del Mariscal Astigueta, las detenciones de estas personas tenían que haber motivado el inicio de un trámite de extradición, “previa consulta con los juzgados intervinientes, circunstancia que en modo alguno debió haber variado por más que los hechos hayan tenido lugar en un fin de semana”.
Para los instructores, también se probó que luego, cuando se inició la investigación de estos hechos, Cazón “coaccionó al jefe del puente internacional de Salvador Mazza, segundo comandante Gustavo Aranda y al subalferez Rovert Willians Sosa, amenazándoles constantemente y con insistencia de que si no cambiaban sus declaraciones hechas en Fiscalía, y no decían que él no había intervenido, que no lo habían llamado telefónicamente, iban a sufrir las consecuencias legales y sanciones”.