CONSULTORIO CLANDESTINO

Imputan a la mujer que dijo fue obligada a abortar

La mujer de 26 años que denunció a su pareja de obligarla a realizarse prácticas abortivas quedó imputada, al igual que su compañero y también el hombre mayor de edad que estaba en el consultorio.

NDS |

En Las Heras al 3.100 funcionaba el  consultorio clandestino.
En Las Heras al 3.100 funcionaba el consultorio clandestino.

La Fiscalía Penal 4, a cargo de Santiago López Soto, solicitó que tanto la pareja de la joven como el hombre de 71 años sigan detenidos por esta causa.

Diego Marcelo Rivas, de 34 años, fue imputado por el delito de aborto cometido con consentimiento de la mujer, se abstuvo de declarar; mientras que Hugo Juan o Alejandro Villegas, de 71 años, fue imputado por tenencia de arma de fuego y aborto cometido. El enfermero Villegas prestó declaración durante la audiencia de imputación.

La mujer de 26 años, identificada como Romina Alejandra Guerrero, fue imputada porque el fiscal entendió que había acabadas pruebas que la joven sí había prestado su consentimiento, ante distintos intentos de interrumpir el embarazo.

La madre de la joven se presentó ante la Justicia efectuando la denuncia, en la que dejó asentado que su hija había sido forzada por su pareja a realizarse una práctica abortiva en el domicilio de calle Las Heras al 3.100, y que como consecuencia de la intervención debió ser asistida en el hospital Papa Francisco para evitar una sepsis.

Tras una breve investigación, se confirmó que en el domicilio funcionaba un consultorio clandestino para realizar prácticas abortivas. Allí, además de aprehender a los detenidos, se secuestraron medicamentos y elementos usados para efectuar abortos.

  • Amenazó a su pareja

El juez Martín Fernando Pérez condenó en audiencia de juicio abreviado a Pablo Raúl Chávez a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional, por los delitos de amenazas con desobediencia judicial y con violación de domicilio.

El juez le impuso obligaciones por el lapso de dos años: como prohibición de acercamiento a la damnificada; abstenerse de realizar cualquier tipo de acto de violencia física, psíquica y psicológica contra la denunciante; realizar tratamiento psicológico, caso contrario pierde la condicionalidad.

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