LESA HUMANIDAD

Jueces lamentan no poder dar con los desaparecidos

Los jueces Federico Díaz y Mario Juárez Almaraz, que junto a Gabriel Casas intervinieron en el noveno juicio por delitos de lesa humanidad cometidos en la provincia, lamentaron no haber podido obtener datos para dar con los cuerpos de los desaparecidos. 

NDS |

Jueces Carlos Giménez Montilla, Federico Díaz, Mario J. Almaraz y Gabriel Casas.
Jueces Carlos Giménez Montilla, Federico Díaz, Mario J. Almaraz y Gabriel Casas.

“Lamentablemente no se pudo a lo largo de la audiencia responder a los familiares el interrogante de dónde está su cuerpo, lo que constituye una dolorosa realidad para aquéllos, pero también para toda la ciudadanía”, sostuvieron los magistrados en los fundamentos de las condenas al ex jefe del Ejército Héctor Ríos Ereñú; a los ex jefes policiales Miguel Gentil, Víctor Mendíaz, Joaquín Guil y Arturo Madrigal; y al oficial de Gendarmería Diego Varas.

Los jueces dedicaron un apartado de sus fundamentos a hablar del derecho a la verdad. “Acerca de la especial dimensión del derecho a la verdad” en causas de lesa humanidad, “es necesario advertir que mientras que en los procesos penales comunes (...) la verdad jurídica puede ser entendida como un producto secundario en la medida en que el cometido principal es procurar pruebas que demuestren la culpabilidad o la inocencia de los acusados”, en los procesos penales en los que se investigan violaciones a los derechos humanos “la verdad jurídica constituye un hallazgo de jerarquía semejante a la atribución de responsabilidad penal a los imputados en el marco del respeto pleno de sus garantías constitucionales”. 

Porque “la verdad jurídica, tratándose de crímenes internacionales, impacta con especial intensidad en las víctimas, sus familiares y la sociedad toda en tanto tiene íntimo compromiso con la construcción de una sociedad democrática y la vigencia plena del Estado de Derecho”, señalaron en un escrito de más de 800 páginas. 

La prueba testimonial

El Tribunal Oral Federal 1 de Salta tuvo también apreciaciones sobre los testigos de hechos que se cometieron hace 41 años.  “La prueba testimonial en el juicio oral tiene una importancia medular” y “se torna aún más relevante en juicios de lesa humanidad”, sostuvo el Tribunal, que recordó que en estas causas es muy difícil, si no imposible, “contar con testigos presenciales” por el tiempo transcurrido y por las características mismas de los delitos de lesa humanidad, que contaban con el aparato del Estado para asegurarse la destrucción de las pruebas y lograr la impunidad. En ese contexto, los jueces destacaron “la relevancia” de los testigos. 

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