POLEMICOS CONCURSOS

La Magistratura podría presentar un recurso extraordinario

El Consejo de la Magistratura puede echar mano a la posibilidad de presentar un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

NDS |

Abel Cornejo, juez de Corte dijo que se dictó un fallo que "era necesario", ya que “se estuvo casi ante un conflicto de poderes”.
Abel Cornejo, juez de Corte dijo que se dictó un fallo que "era necesario", ya que “se estuvo casi ante un conflicto de poderes”.

Tras conocerse la resolución de la Corte ad hoc de retrotraer el concurso de los jueces de las cinco Salas de la Cámara de Apelaciones de Civil y Comercial, a lo actuado hasta el 22 de noviembre del 2016, los magistrados tienen esa facultad.

Sobre esta posibilidad Nuevo Diario consultó al presidente de la Corte  ad hoc, Abel Cornejo, quien señaló que el Consejo tiene esa posibilidad, más allá que primero la Corte de Salta debe resolver la admisibilidad  del recurso antes de ser elevado al organismo nacional. 

“Todavía no se recibió nada en la Corte, pero no desestimo que puedan hacerlo”, dijo el juez Cornejo. Más adelante recordó que la apelación recibió el rechazo unánime de los siete jueces de la Corte ad hoc y del Procurador de la Provincia, Pablo López Viñals.

Casi un conflicto de poderes

El magistrado señaló que la Corte emitió un fallo que era necesario, ya que “se estuvo casi ante un conflicto de poderes”. Todo esto teniendo en cuenta que el gobernador Juan Manuel Urtubey rechazó las ternas que se le habían elevado.

Así también dijo que este tipo de situaciones sorprendieron en Salta porque no son comunes los amparos en estas instancias, pero si se observa lo que ocurre a nivel nacional se pueden advertir varios casos como este, entendiendo que son “normales”.

Reconoció que fueron situaciones irregulares las que hicieron que se cambien las fechas del concurso cuando ya estaba en proceso, ya que se habían cumplido con las entrevistas y las pruebas psicológicas. “No hubo fundamento de las modificaciones, ni publicidad de esos cambios”, remarcó Cornejo.

Finalmente, sostuvo que la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial es un organismo que sigue en importancia a la Corte de Justicia, por tanto no debe haber nada que empañe su procedimiento. “Cuando se da una vacante debe haber un concurso, no se puede unificar, para dar transparencia además de dar a todos los mismos derechos y posibilidades”, dijo Cornejo.

La Corte fue integrada para este caso por los jueces del Tribunal de Impugnación: Luis Félix Costas, Antonio Omar Silisque, Adolfo Figueroa, Edgardo Francisco Albarracín, Eduardo Barrionuevo, Luciano Martini y Abel Cornejo.

Fallo y reglamento

El fallo destaca que el cronograma de un concurso en el Consejo de la Magistratura es un paso esencial en el proceso de selección previsto en el artículo 24 del Reglamento Interno del Consejo de la Magistratura; y que su alteración, sin motivos fundados y valederos, le quita credibilidad al proceso concursal; y más aún teniendo en cuenta que quienes se presentaron lo hicieron con la plena convicción de que serían evaluados cinco veces sucesivas y con ello tenían mayores posibilidades de ser seleccionados que en un concurso unificado de manera intempestiva e inconsulta.

Al respecto, consultadas algunas fuentes de la Magistratura negaron la posibilidad que se modifique ese reglamento, teniendo en cuenta que el vigente solo tiene dos años de haber sido aprobado.

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