“Si la hubiera sacado de las mechas, tal vez yo estaría en la cárcel, pero ella estaría viva”. Los padres están separados, los hijos, pequeños, ahora están bajo el cuidado de donJuan Neri, en el momento del homicidio dependían de Claudia Quiroga, madre de Andrea.
La mujer en su testimonio reconoció que llevó a su hija, cuando era menor de edad al penal para que visite a sus primos, pero al cumplir la mayoría de edad ya iba sola y no le hacía caso para dejar de concurrir a verlo a Herrera, ya que sus sobrinos le habían manifestado que él había matado a una mujer.
“Mi hija era flaquita, y muy callada, yo me enteré de la relación y le reclamé, pero ella me aseguró que el cambió y que la trataba bien”, dijo Quiroga, que también señaló ante el tribunal que una vez le vio un ojo morado y cuando le preguntó Andrea le aseguró se había golpeado con una puerta
Luego de las dos declaraciones, la audiencia pasó a un cuarto intermedio hasta el martes 20 de marzo a las 9 en la sala 6. Ese será el lugar físico de desarrollo de las audiencias previstas hasta el viernes 23.
La defensa de los imputados está a cargo de Marcela Robles, de la Unidad de Defensa 3 (Gabriel Roberto Herrera), Marcelo Arancibia (Nelson Alexander Cardozo y Héctor Augusto Franco), Arnaldo Damián Estrada (Fernando Daniel Velázquez), Juan Carlos Gutiérrez y José Luis Ávalos.
El doble femicida y los guardiacárceles
El doble femicida “Chirete” Herrera enfrenta la causa por homicidio, y violencia de género, agravado por la relación de pareja, quien ya estaba purgando una condena a prisión perpetua dictada por la Cámara Tercera en lo Criminal, el 22 de septiembre de 2006, por ser autor del delito de homicidio calificado por el vínculo y por la alevosía en perjuicio de Verónica Soledad Castro.
Los guadiacárceles: Gutiérrez se desempeñaba como director de la Unidad Carcelaria 1 de Villa Las Rosas. Ávalos cumplía funciones como jefe del Departamento de Tratamiento y Vigilancia. Franco se desempeñaba como jefe de Pabellón. Velázquez tenía el cargo de subjefe de Departamento. Por su parte, Cardozo se desempeñaba como celador del Pabellón donde sucedió el hecho y tenía la obligación de custodiar y resguardar la integridad física de los internos y sus visitas.