El juez ordenó que el imputado continúe alojado en la Unidad Carcelaria 1 y recomendó al director del penal que realice tratamiento psicoterapéutico atento a la naturaleza del hecho por el que resultó condenado. Asimismo, dispuso oficiar al Servicio de Asistencia a la Víctima (SAVIC) para que, de ser necesario, se le brinde asistencia psicológica a la menor.
El condenado era amigo del padre de la víctima y concurría al domicilio de la menor en calidad de visita, puesto que existía una relación de confianza entre él y la familia.
Tratamiento a un violento
La jueza María Victoria Montoya, vocal interina de la Sala I del Tribunal de Juicio, condenó en juicio abreviado a Nicolás Benigno Serrudo a la pena de ocho meses de prisión de ejecución condicional por los delitos de lesiones leves agravadas por la relación de pareja previa en concurso real con amenazas, en concurso ideal con desobediencia judicial.
La jueza ordenó la libertad del condenado en atención a la modalidad de la pena impuesta y le fijó obligaciones por el término de dos años el condenado tampoco podrá acercarse a lugares en los que la víctima frecuente en un radio de 200 metros; abstenerse de ejercer actos de violencia física y/o psíquica en perjuicio de la denunciante; hacer tratamiento psicoterapéutico a los fines de tratar sus conductas impulsivas y violentas, debiendo acreditar su cumplimiento con el certificado correspondiente cada dos meses ante el Tribunal.
En caso de no completar la terapéutica la ejecución condicional quedará si efecto y deberá estar entre rejas.