DELITOS DE ÍNDOLE SEXUAL

Ocho años de prisión por abusar sexualmente de su nieta

Condenan en audiencia de juicio abreviado a M.F.J. (60) a la pena de ocho años de prisión de ejecución efectiva por delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo y abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo en forma continuada”, en perjuicio de su nieta, de 7 años de edad.

Un hombre fue condenado a 8 años de prisión efectiva por delitos sexuales contra una menor. Era su ex suegro y abuelo de la niña.
Un hombre fue condenado a 8 años de prisión efectiva por delitos sexuales contra una menor. Era su ex suegro y abuelo de la niña.

El juez Francisco Mascarello, de la Sala VII del Tribunal de Juicio, ordenó que el condenado sea trasladado a la Unidad Carcelaria 1. Además, recomendó que se le brinde tratamiento psicológico.

La denuncia fue presentada por la madre de la víctima. El imputado es su ex suegro y abuelo de la niña. La nena le contó a su madre que el hombre la había sometido a tocamientos impúdicos en varias oportunidades. La denunciante dejaba a la niña en la casa donde residía el imputado por las tardes, cuando ella salía a trabajar.

Otro condenado por delito de estupro 

El juez de Garantías 4, Diego Rodríguez Pipino, condenó en audiencia de juicio abreviado a Jesús Pablo Ezequiel Mamaní (27), a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional por considerarlo autor responsable de cuatro hechos del delito de estupro.

El joven condenado tendrá la obligación de dar cumplimiento a las siguientes reglas de conducta: fijar y mantener domicilio; prohibición de mantener contacto con la víctima, de concurrir a los lugares donde se encuentre, de comunicarse con ella por cualquier medio y de acercarse a ella o a su grupo familiar a menos de 200 metros; someterse a un tratamiento psicológico.

Además, el juez le impuso la obligación de realizarse un examen genético para ser incorporado en el Banco de Datos Genético, previa asignación del dato único de identificación genética, según lo ordena la ley 7775.

Mamaní se había aprovechado de la inmadurez de una nena de 13 años de edad para mantener una relación sexual con ella y por eso fue condenado. 

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