La jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Primera Nominación de Orán, Eugenia Fernández de Ulivarri, se expidió sobre la medida fue solicitada por Sofía Berna Aguado y Roso Aguilera contra Donifacia Cruz Ruiz, Juan Alberto Ruiz e Isabel Ruiz. en beneficio propio y de sus vecinos a fin que se libere el camino vecinal invocando el derecho a la libre circulación.
Los afectados señalaron que el camino era usado desde hace treinta años para llegar a sus viviendas el cual fue bloqueado por una malla metálica y desde ese momento quienes habitan en “El Abra” tuvieron que usar un camino alternativo que fue habilitado por los dueños de la tierra el cual tampoco permitía el libre tránsito y se encontraba cerrado con un portón.
La jueza consideró que había elemento suficientes respecto de la verosimilitud del derecho invocado,como para conceder la medida y asegurar la libre circulación de personas y/o vehículos por ese lugar.”
El hecho se remite al 16 de enero del año pasado cuando los denunciantes regresaban hacia su hogar, se vieron sorprendidos por el bloqueo del camino vecinal.
Desde aquel bloqueo, la vida diaria fue dificultosa inclusive para los habitantes de los lugares colindantes al Paraje El Abra, pues para salir de su hogar, deben transitar por un camino alternativo que habilitado por los denunciados encuentra sus accesos la mayor parte del tiempo cerrado con candados, y por el hecho de que los demandados tienen perros grandes y agresivos dispersos a lo largo del mismo.
Entonces, para salir o ingresar a sus hogares deben hacerlo cuando los denunciados se les ocurre, antojadizamente, abrir los portones de ingreso y egreso a dichos caminos alternos, y siempre con el riesgo de ser atacados y mordidos por los perros que moredean el lugar.