ROBO Y MUERTE

Prisión perpetua al homicida de un puestero de Guemes

Una condena de prisión perpetua por homicidio criminis causa agravado recibió Pedro Gonzalo Navarro, por el homicidio de un puestero ocurrido el 29 de febrero de 2016 en una finca de General Güemes.

El homicidio de Napoleón Homez se perpetró durante un robo en una finca de General Güemes.
El homicidio de Napoleón Homez se perpetró durante un robo en una finca de General Güemes.

Los jueces de la Sala VI del Tribunal de Juicio dictaron la condena contra Navarro por resultar autor material y penalmente responsable del delito de homicidio criminis causa agravado por la participación de un menor. 

Navarro fue trasladado de inmediato a la Unidad Carcelaria 1, con asiento en Villa Las Rosas de la Capital salteña.
En el mismo fallo, los jueces declararon penalmente responsable a W.R.R. como partícipe primario del delito de robo en despoblado y ordenaron remitir copia del fallo al Juzgado de Menores interviniente.

El hecho por el cual llegaron a juicio  Navarro y W.R.R. ocurrió el año  pasado. La víctima, Napoleón Homez, se encontraba en la finca donde trabajaba como puestero y sorprendió a Navarro y al menor en el interior de la vivienda que ocupaba. Ambos habían ingresado al lugar con fines de robo. Homez se enfrentó a ellos y recibió varios cortes a la altura del cuello que le provocaron su posterior deceso.

Pulsera electrónica

Un hombre deberá llevar pulsera electrónica por el término de tres años. Así lo dispuso el juez Guillermo Pereyra, vocal de la Sala VI del Tribunal de Juicio, en contra de Rodolfo Fernando Guzmán por resultar autor penalmente responsable de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada, lesiones leves agravadas por el género y la relación de pareja previa, y amenazas agravadas por el uso de arma, en concurso real.

El juez ordenó que el condenado continúe en libertad y le impuso reglas de conducta: fijar residencia y someterse al cuidado del Programa de Inserción Social y Supervisión de Presos y Liberados de Salta; prohibición total y estricta de acercamiento y contacto con la víctima; prohibición de ingresar al domicilio, etc.

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