CULPABLE AHORA ABSUELTO

Revocaron la sentencia a José Aramayo por el crimen de Marcela Mamaní

José Javier Aramayo, el hombre que en enero de 2016 fuera declarado culpable de la muerte de la joven Marcela Mamaní, fue dejado libre por la Sala III del Tribunal de Impugnación. 

NDS |

José Javier Aramayo en el momento del juicio oral. Fue declarado culpable ahora fue absuelto.
José Javier Aramayo en el momento del juicio oral. Fue declarado culpable ahora fue absuelto.

Los jueces Pablo Mariño y Rubén Arias Nallar revocaron la sentencia condenatoria a 16 años de prisión y absolvieron a José Javier Aramayo del delito por el que había sido condenado, y ordenaron su inmediata libertad.
Los jueces tomaron esta decisión aplicando el principio de la duda, previstos en los pactos internacionales, y en el ordenamiento constitucional argentino y provincial, y en el Código Procesal Penal.

A finales de enero pasado Aramayo había sido condenado por la Sala III del Tribunal de Juicio a la pena de 16 años de prisión efectiva, como autor del delito de homicidio simple en perjuicio de la jóven Marcela del Carmen Mamaní. Aramayo era la pareja de  Mamaní, quien está desaparecida desde el 17 de febrero de 2012.

El fallo de condena fue considerado histórico en su momento, porque se trató de la primera vez que se llegaba a una condena sin que  se hubiera encontrado el cuerpo de la víctima. 

Sin embargo, para el Tribunal de Impugnación “no se arribó a la certeza positiva sobre la autoría del hecho por José Javier Aramayo. Por ello, no es posible decidir de otro modo, debiendo prevalecer el ‘in dubio pro reo’”. “No habiéndose acreditado la hipótesis acusatoria, se impone la absolución como única solución en el Estado Constitucional de Derecho”, añadieron. 

Según los jueces de la Sala III de Impugnación, el Tribunal de Juicio forzó una interpretación ante la falta de prueba aportada por la Fiscalía actuante, en un intento de superar esta falencia, ya que en la causa no quedó probada la presencia de Mamaní en la casa de Aramayo, supuesto lugar del hecho.

Por otra parte, los jueces de impugnación dijeron que si bien existían hechos de violencia previos, no se puede adjudicar a Aramayo el asesinato debido a estos antecedentes.

Agregaron que la falta del cuerpo y el transcurso de los días entre la desaparición de la víctima y los allanamientos, no son indicios suficientes para imputar a Aramayo la desaparición del cuerpo de la víctima, sino que debieron buscarse más indicios de que esto sucedió, as+i como el móvil que se usó, si alguien lo ayudó o rastros biológicos que indicaran su participación.

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