FINALIZADA LA INSTRUCCIÓN

Será en agosto el juicio contra el ex juez Raúl Reynoso

La segunda mitad del año traerá la posibilidad que se inicie el juicio en contra del ex juez de Orán, Raúl Reynoso, según trascendido ayer desde el Juzgado Federal.

NDS |

Raúl Reynoso está detenido desde el 1 de mayo del 2016.
Raúl Reynoso está detenido desde el 1 de mayo del 2016.

En junio del año pasado  el juez Julio Leonardo Bavio dio por finalizada la instrucción, y elevó la causa para que se resuelva el día que iniciaría el juicio.

En tanto, la defensa del ex magistrado había apelado su prisión preventiva, lo que estaba para se resuelto por casación. El rechazo de esa apelación va cerrando el círculo de las presentaciones, por tanto la causa está presta para ser juzgada.

El ex magistrado está acusado de asociación ilícita, conformada para beneficiar a narcotraficantes, y está detenido en la Cárcel Federal de Güemes.

También serán juzgados Miguel Ángel Saavedra, funcionario que trabajaba en el Juzgado Federal de Orán; César Julio Aparicio, también empleado, y su hermana Rosalía; y los abogados Arsenio Eladio Gaona, alías “Yeyo” (ex cuñado de Reynoso), René Alberto Gómez, María Esper Durán, Ramón Antonio Valor.

La metodología era de beneficiar a algunos narcotraficantes, con prisión domiciliaria o devolución de elementos secuestrados, generalmente camiones y dinero.

Siempre los beneficios eran posteriores a pagos que debían efectuarse”al tío”, según reza en algunas escuchas telefónicas, donde el supuesto “tío” sería Reynoso.

Uno de los beneficiados fue José Luis Cejas Rosales, empresario boliviano del transporte que terminó fugándose a su país; también Miguel Ángel Farfán, que actualmente está prófugo. En fin, una serie de hechos que Reynoso negó.

  •  Amenazas y condena 

El juez Guillermo Pereyra, vocal de la Sala VI del Tribunal de Juicio, condenó en audiencia de juicio abreviado a Juan Ramón Medina a la pena de un año de prisión de ejecución condicional, por resultar autor penalmente responsable del delito de amenazas con arma en perjuicio de L.R.B.

En el mismo fallo, el imputado fue absuelto del delito de amenazas con arma en perjuicio de M.M., por el que también había llegado requerido a juicio, en virtud de lo dispuesto en los artículos 469, 482 y 484 del Código Procesal Penal.

Se ordenó la libertad del condenado y se le impusieron reglas de conducta, y un tratamiento psicológico por su adicción al alcohol, previo informe de un profesional que acredite su concreción, todo por el término de dos años, debiendo presentarse ante el Tribunal en el plazo de un mes.

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