Se trata de Nelson Alexander Cardozo, que acorde a las imágenes captadas por las cámaras de seguridad había sido advertido por un penado de la agresión que era objeto la víctima pero hizo caso omiso. El reo que declaró sobre esa situación confirmó ante la Justicia lo ocurrido y ahora el agente penitenciario quedó imputado.
Este recluso, según reveló al prestar declaración, escuchó que Neri se quejaba y se resistía a cierto accionar de Herrera, quien al percatarse de que no estaban solos en el baño, decidió luego retirarse, llevándose a la rastra a su mujer, tras lo cual el interno salió también del baño y al acercarse al guardia que custodiaba el acceso a ese sector le informó que Herrera estaba golpeando a su pareja.
En respuesta, según declaró, el guardia hizo ademán de que no le importaba y no acudió a verificar el alerta recibido del interno. La declaración del recluso fue confrontada con las imágenes, donde efectivamente se aprecia cuando el recluso le da aviso e incluso hace señas con uno de sus brazos para que vaya a ver, mientras el celador también hace un ademán que evidencia su negativa.
Cardozo que quedó imputado por "abandono de persona seguida de muerte" cumplía funciones en la planta donde fue asesinada Neri y su detención solicitada por el fiscal Rivero, se concretó, en el contexto de las actuaciones penales que se iniciaron de manera anexa al femicidio de Andrea Neri, ocurrido el 5 de enero pasado durante una visita privada en la tercera planta del Pabellón "E", del citado penal capitalino. La joven fue asesinada a cuchilladas por su pareja, el interno Gabriel "Chirete" Herrera.
Los otros imputados
Junto a Cardozo están imputados cuatro oficiales de ese organismo, dos de los cuales se encuentran detenidos. El director de la Unidad Carcelaria Nº 1, prefecto, Juan Carlos Gutiérrez y el entonces Jefe del Departamento de Tratamiento y Vigilancia del Penal, alcalde, José Luis Ávalos, fueron imputados por el delito de incumplimiento de deberes de funcionario público, pues omitieron tomar los recaudos para evitar el femicidio, pues Herrera ya había asesinado a su ex pareja, Verónica Castro, durante una visita privada en la Unidad carcelaria de Metán, en marzo del año 2006.
Asimismo, la fiscalía imputó el delito de "abandono seguido de muerte" al alcaide, Fernando Daniel Velásquez y al adjutor mayor, Héctor Augusto Franco. Este delito, contemplado en el artículo 106 del Código Penal, establece como agravante, en caso de que el resultado sea la muerte, una pena de 5 a 15 años de prisión, siendo aplicable en este caso la detención de ambos funcionarios.
Cabe resaltar la diferencia entre el delito de incumplimiento de deberes de funcionario público, que no tiene pena de prisión, y el del "abandono seguido de muerte", pues mientras el primero gira en torno a la posible negligencia incurrida por los acusados en actos de omisión durante el ejercicio de sus funciones, el segundo, sin embargo, es de mayor gravedad debido a que se investiga la posibilidad de que los imputados hayan incurrido en una conducta de acción "dolosa".