Ambos proyectos de ley provenían desde Diputados en revisión y conforme al dictamen de la comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, recibieron sanción definitiva, por lo que pasan ahora al Poder Ejecutivo para su promulgación.
En relación a los trabajadores de la educación, en el Código Contravencional -Ley 7135- y sus modificatorias- se incorpora el artículo 74 bis. El texto es el siguiente: Será sancionado con arresto de hasta veinte (20) días o multa de hasta veinte (20) días el que dentro de un establecimiento educativo de gestión pública o privada, ejerza actos que violenten a un trabajador de la educación, sea o no docente, siempre que la conducta no constituya delito."
Respecto a los trabajadores de sla salud, se incorpora el artículo 74 ter al Código Contravencional de la Provincia de Salta -Ley 7135 y sus modificatorias-. El texto expresa: "Art. 74 ter.- Será sancionado con arresto de hasta veinte (20) días o multa de hasta veinte (20) días el que dentro de un establecimiento de salud de gestión pública o privada, ejerza actos que violenten a un trabajador de la salud, sea o no profesional, siempre que la conducta no constituya delito".
Ambas leyes fueron votadas en contra por la senadora Gabriela Cerrano (Capital-PO).
En la sesión ordinaria de la víspera que encabezó el vicepresidente primero, Mashur Lapad (Rivadavia-PJ) y continu´ño luego el vicepresidente segundo Pablo Soto (La Viña-PJ) tambièn se dio sanción definitiva a un lety de expropiación.
Se declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción del inmueble identificado con la Matrícula N° 17.670, del departamento Anta, con destino a la construcción de viviendas o adjudicación de lotes para grupos familiares, espacios verdes y de actividades institucionales.