Fue el Senado Provincial que tomó la posta en este sentido ya que ayer se dio media sanción a la ley de adhesión de la Provincia de Salta a esa normativa que permitirá acciones para dar accesibilidad a personas con movilidad reducida.
Se dispone que será el Ejecutivo Provincial quien designa la Autoridad de aplicación de la ley, una vez que le dé sanción definitiva Diputados. Además se invita a los municipios a adherir y/o incorporar en sus respectivas normativas los contenidos de la misma.
Suprimir barreras físicas
La ley nacional Nº 24.314 establece la prioridad de la supresión de barreras fisicas en los ámbitos urbanos arquitectónicos y del transporte que se realicen o en los existentes que remodelen o sustituyan en forma total o parcial sus elementos constitutivos con el fin de permitir la accesibilidad para las personas con movilidad reducida.
Las personas con movilidad reducida deben gozar de las adecuadas condiciones de seguridad y autonomía como elemento primordial para el desarrollo de las actividades de la vida diaria sin restricciones derivadas del ámbito físico urbano, arquitectónico o del transporte, para su integración y equiparación de oportunidades.
Las barreras fisicas urbanas existentes en las vías y espacios libres públicos se eliminarán. Esto comprende a itinerarios peatonales, ancho minimo en su recorrido que permita el paso de dos personas, una de ellas en silla de ruedas Los desniveles de todo tipo tendrán un diseño y grado de inclinación que permita la transitabilidad, utilización y seguridad de las personas con movilidad reducida.
Las escaleras y rampas deberán ser de escalones cuya dimensión vertical y horizontal facilite su utilización por personas con movilidad reducida y estarán dotadas de pasamanos
En parques, jardines, plazas y espacios libres se deben contemplar itinerarios peatonales ajustadas a las normas de accesibilidad. Al igual que los baños públicos deberán ser accesibles y utilizables por personas de movilidad reducida.
Respecto al estacionamiento estos deberán contar con zonas reservadas y señalizadas para vehículos que transporten personas con movilidad reducida cercanas a los accesos peatonales. Mientras que las obras públicas deberán estar señalizadas y protegidas por vallas estables y continuas y luces rojas permanentes, disponiendo los elementos de manera que los no videntes puedan detectar a tiempo la existencia del obstáculo.
En las obras que reduzcan la sección transversal de la acera se deberá construir un itinerario peatonal al ternativo.