ASESINATO EN B° CEFERINO

La Multisectorial de Mujeres será querellante en un transhomicidio

En el Día Internacional del Orgullo LGBTIQ, la Multisectorial de Mujeres de Salta se presentó como querellante en la causa en la que se investiga el homicidio de un varón trans, cuyo nombre de pila elegido era Charly.

NDS |

La periodista Marta César, presidenta de la Multisectorial de Mujeres, en una marcha contra los femicidios.
La periodista Marta César, presidenta de la Multisectorial de Mujeres, en una marcha contra los femicidios.

Es porque entienden que pudo tratarse de “un crimen de odio de género, dada la identidad/expresión de género de la víctima”. 

La presentación de la Multisectorial, realizada por su presidenta Marta César, con el patrocinio de las abogadas Gloria Cruz y Josefina Arancibia, se hizo ante el Juzgado de Garantías 4, donde se tramita el proceso de transhomicidio caratulado “Causa contra Camacho, Sandra Natalia s. homicidio en perjuicio de Guerrero, C. E.”. Charly fue asesinado el 13 de mayo pasado en el barrio Ceferino. 

En la presentación la Multisectorial sostuvo que “se encuentra legitimada” para ser querellante dado que su “objeto estatutario consiste en la promoción y defensa de la igualdad entre los géneros, que sin duda se ve triste y tremendamente vulnerada frente a este hecho de violencia del que fue víctima Charly como integrante del colectivo trans, quienes sufren de manera especial y desproporcionada las consecuencias de la violencia que genera la estructura patriarcal y heteronormativa de nuestra sociedad”. 

En ese sentido, la entidad afirmó que el crimen de Charly “constituye una grave violación a los derechos humanos con un alto impacto negativo en la comunidad. En vida Charly, como el resto de la población trans de nuestra provincia, padeció las múltiples formas de discriminación y violencia que desde hace años sistematizan y visibilizan los informes de la sociedad civil”, realizados primero por la Asociación de Lucha por la Identidad Travesti Transexual (ALLIT)  y luego por el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), y localmente a través de la primera encuesta trans de Salta realizada por el Observatorio de Violencia contra las Mujeres, entre otras muestras. 

Exclusión desde los primeros años

La Multisectorial destacó que la vida de Charly “no se ha desarrollado al margen de ese violento modelo social” del país, que condena a las personas trans “a un destino de exclusión que se activa desde los primeros años previos o de tránsito por la adolescencia, desde las primeras manifestaciones de una identidad no ajustada a los cánones de la heternormatividad hegemónica”. 

Entendió que por eso “el esclarecimiento de su crimen es una meta prioritaria, porque sólo la restitución del valor justicia en este caso reducirá los márgenes de una respuesta estatal que suele presentarse como revictimizante y garantizadora de la impunidad que está asociada todavía” a la violencia hacia lo distinto. 

“Sólo un mensaje en contra de toda idea que sostenga la tolerancia hacia la discriminación que sufre la población trans, permitirá encaminarnos en el sentido hacia la erradicación de la violencia y de la igualdad entre los géneros”, enfatizó antes de subrayar que la “privación del derecho a la vida constituye una violación grave de derechos humanos y, como tal, su investigación debe ser diligente para lograr el juzgamiento y condena del/a o los/as responsables”. Particularmente en casos como este, donde el Estado “tiene el deber de debida diligencia en la protección del grupo discriminado”. 

Identidad  de género

En el pedido para constituirse en querellante en la causa que investiga el asesinato del joven trans Charly, la Multisectorial de Mujeres de Salta, recordó que ni bien ocurrió este crimen “fue erróneamente publicado por algunos medios de comunicación locales bajo el título de ‘Una mujer mató a otra, en el barrio Ceferino’”. 

La organización señaló que al informar de esta manera los medios masivos de comunicación no merituaron “la identidad autopercibida de la víctima”, según los alcances de la Ley de Identidad de Género 26743. 

En su artículo primero esta ley establece: “Toda persona tiene derecho: al reconocimiento de su identidad de género; al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género” y “a ser tratada de acuerdo con su identidad de género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad” respecto del nombre, imagen y sexo.

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