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Extienden beneficios a monotributistas y anulan bajas por falta de pago

A través de la Resolución General 4825/2020 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP) estableció que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago

La AFIP viene extendiendo desde marzo pasado beneficios a monotributistas con el objetivo de amortiguar los efectos del aislamiento.
La AFIP viene extendiendo desde marzo pasado beneficios a monotributistas con el objetivo de amortiguar los efectos del aislamiento.

La medida, que se viene extendiendo desde marzo pasado, fue decidida "con el objetivo de amortiguar los efectos del aislamiento social preventivo y obligatorio sobre los pequeños contribuyentes", informó el organismo en un comunicado.

La normativa vigente establece la baja del régimen cuando no se abonan diez cuotas consecutivas, y el organismo resolvió que septiembre no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.

El comunicado señala que "existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del régimen. La más extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible.

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