DOS PERSONAS POR VEHÍCULO

Esenciales pueden circular hacia Jujuy sólo por la Ruta Nacional 34

El esperado acuerdo con la vecina Provincia para la circulación de personas que realizan actividades esenciales, finalmente se concretó. De esta manera, Jujuy se suma al convenio establecido con Santiago del Estero y Tucumán.

Jujuy se suma al convenio establecido con Santiago del Estero y Tucumán.
Jujuy se suma al convenio establecido con Santiago del Estero y Tucumán.

El convenio sólo aplica a la circulación de personas que realicen actividades declaradas esenciales de acuerdo a los artículos 12 y 13 del D.N.U. 754/20. Se permitirá únicamente en vehículos habilitados de acuerdo a las normas  de circulación vigentes y exclusivamente a través de la Ruta Nacional Nº 34, límite entre Salta y Jujuy. Bajo ningún motivo se permitirá la circulación a través de la Ruta Nacional Nº 9, conocida como el camino de cornisa que vincula las dos Provincias.

El acuerdo fue rubricado por los ministros de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, Ricardo Villada y de Producción y Desarrollo Sustentable, Martín de los Ríos, en representación de la Provincia de Salta, y por el Gobierno de Jujuy, el secretario General de la Gobernación Freddy Morales y el ministro de Desarrollo Económico y Producción, Exequiel Lello Ivacetich.

Requisitos para ingresar a Jujuy

La capacidad máxima de ocupantes por vehículo es de dos personas y todas ellas deberán usar barbijos y/o tapabocas, contar al alcance con alcohol en gel al 70 % o su equivalente.

Los circulantes deberán someterse a control de temperatura por parte del personal sanitario o policial cada vez que le sea requerido y en caso que se estime necesario por cuestiones sanitarias deberán someterse a un nuevo test rápido IgM e IgG para sars-Cov2 o PCR. Al ingreso y egreso, los ingresantes deberán presentar al control policial y sanitario de cada jurisdicción el  Documento Nacional de Identidad; el certificado nacional único habilitante para circulación; el certificado o Constancia, con una antigüedad máxima de 14 días de la fecha de toma de muestra, de estudio realizado con algún método de diagnóstico antígeno disponible en el país para SARS CoV2 y/o test de detección de anticuerpos con resultados IgG (+) e IgM (-) para cada persona que ingrese a la Provincia.

También se requiere una declaración jurada firmada que las personas autorizadas a ingresar no utilizarán el certificado para circular en zonas urbanas, así como también, autorización expresa a permitir el rastreo de su recorrido mediante el sistema de registro que cada jurisdicción habilite a tal fin. En la declaración deberán detallar el recorrido y el lugar donde residirá y donde prestará servicio.

Cabe destacar que los tripulantes del vehículo no podrán realizar paradas intermedias y el lugar de trabajo comprometiéndose a seguir todas las indicaciones de las autoridades policiales de cada jurisdicción.

El reingreso a la Provincia de origen deberá realizarse dentro de los 7 (siete) días  y se deberá informar al personal policial lugar de procedencia y destino.

 

 

 

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