FAVORECE A LOS JUBILADOS

La Corte Suprema confirmó el fallo contra la Anses

Como se preveía, por mayoría de 4 a 1 la Corte Suprema falló a favor del reclamo del jubilado Lucio Blanco y de otros 150 mil en su misma situación. La decisión no deja de ser un llamado de atención al Gobierno aunque no tenga gran impacto económico.

El presidente ya sabía que la Corte Suprema fallaría a favor de los jubilados y en contra de la nueva actualización de los haberes.
El presidente ya sabía que la Corte Suprema fallaría a favor de los jubilados y en contra de la nueva actualización de los haberes.

La Corte no sólo le dio la razón sino que aclaró que la misma solución se aplicará automáticamente a los casos análogos: aquellos jubilados a quienes la Anses les impuso otro índice, el Ripte (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables), que implicaba una reducción sustancial en el cálculo de sus jubilaciones, hasta cincuenta por ciento.

El alto tribunal ratificó el ISBIC, que ya había avalado en 2009 y declaró inconstitucionales de oficio las resoluciones de la Anses que lo reemplazaban por el Ripte, por considerar que se arrogó facultades del Poder Legislativo. El fallo pide que el Congreso que dicte una ley con un nuevo índice.

Rosenkrantz el disidente

Elena Highton de Nolasco se sumó con argumentos propios, planteando la nulidad de las resoluciones de Anses, y limitó los efectos al caso Blanco.

Pero Rosenkrantz hizo una disidencia claramente favorable a la Anses, consideró válidas las resoluciones que introdujeron el Ripte compulsivo y dijo que no es potestad exclusiva del Congreso fijar los índices.

“No son legalmente admisibles reglas de funcionamiento en las que uno o más ministros adopten, sin el concurso de la voluntad del presidente, decisiones que impliquen disposiciones del crédito presupuestario”. Lo mismo, señaló, aplica para contrataciones  temporarias, por ejemplo.  

Para él, Blanco no tiene derechos adquiridos. La mayoría en el otro extremo utilizó una frase contundente para distanciarse de las políticas de la Casa Rosada, que un día antes mandó emisarios al Palacio de Justicia, incluido Garavano: “Es precisamente en tiempos de crisis económica –señala el fallo– cuando la actualidad de los derechos sociales cobra su máximo significado.

En tales etapas críticas, deben profundizarse las respuestas institucionales en favor de los grupos más débiles y postergados, pues son las democracias avanzadas y maduras las que refuerzan la capacidad de los individuos y atienden las situaciones de vulnerabilidad en momentos coyunturales adversos”.

La mayor sorpresa de ayer vino después de la firma de fallo, que ya figuraba en la agenda pública de la Corte. Tres de los jueces habían planteado veinte días antes un cambio en las reglas internas para la toma de decisiones presupuestarias, administrativas y de nombramientos.

Decía que ese tipo de medidas no podían adoptarse por resoluciones unipersonales, de exclusivo manejo del presidente, sino que debían ser fruto de una deliberación, por mayoría. Rosenkrantz retrucaba que admitía una mayoría solo si incluía de manera obligatoria el voto del presidente supremo, o sea, el suyo. Quedó en presentar su postura por escrito, y fue dilatando el tema.

 

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