SU BEBÉ TENÍA 18 FRACTURAS

Condena de casi 5 años de prisión para padres maltratadores

El Tribunal de la Sala VI condenó a Mariana Román y Luciano Gonzalbez a la pena de 4 años y 6 meses de prisión efectiva como coautores del delito de tentativa de homicidio calificado por el vínculo en contra de su hijo de 10 meses. Llegó a constatarse que tenía 18 fracturas.

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Frente a la condena ninguno de los padres del bebé maltratado expresó afectividad hacia el menor, lo que resaltó su personalidad psicopatica.
Frente a la condena ninguno de los padres del bebé maltratado expresó afectividad hacia el menor, lo que resaltó su personalidad psicopatica.

Durante el juicio se pudo apreciar que ninguno de los dos expresó afectividad hacia el menor. Fueron más de 10 médicos los que ratificaron el síndrome de maltrato infantil de la pareja.

Los padres del bebé enfrentaron un juicio que según los testimonios llevaron a conocer que ejercieron hechos de extrema violencia contra el pequeño, que actualmente está en la protección de sus abuelos.

Además los condenados deberán realizar tratamiento psicológico mientras se encuentren privados de su libertad. Serán inscriptos en el Banco de Datos Genéticos.

El fiscal, sobre la plataforma fáctica, se refirió al testimonio de profesionales médicos que asistieron al menor que advirtieron las lesiones compatibles con maltratado infantil. No existió riesgo de vida pero si hubo un riesgo social porque las lesiones le fueron inferidas por quienes debían cuidarlo. 

Se comprobó varios testimonios que hablan del síndrome del bebé sacudido como posible causa de las fracturas. El menor presentaba 18 fracturas en distintas partes del cuerpo con distinta etiología de evolución. Los propios profesionales médicos descartaron que las lesiones del menor sean producto del aplastamiento por el colecho.

El Tribunal estuvo integrado por los jueces Mónica Mukdsi, Guillermo Pereyra y José Luís Riera y el fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Pablo Paz, representó al Ministerio Público ante la Sala VI del Tribunal de Juicio.

Un total de 10 profesionales médicos ratificaron que el cuerpito del bebé tenía todos los síntomas del síndrome de maltrato infantil, donde la historia clínica habla sobre la salud del infante.

Los perfiles psicológicos señalan que ninguno de los dos mostró afecto por el bebé, al que consideraban una “cosa”.

Gonzalbez como último intento decidió declarar. Dijo que sucedió un domingo cuando cambiaron al bebé y le pusieron un saco más chico y luego se lo cambiaron. En viaje al centro en colectivo, dice que la mujer se cayó y golpeó con el bebé en brazos.

Al regresar a casa dice que noto que el niño no podía mover el brazo y decidieron llevarlo a una clínica privada. Lo atendió un pediatra de turno y decidió hacerle placas por lo que derivan a otra clínica.

Insiste en que sólo tenía problemas en el brazo izquierdo y lo derivan al hospital Materno Infantil. Al ser atendido por un médico, deciden internarlo. Dice que su pareja estaba mal porque las médicas le hicieron saber de las sospechas de maltrato infantil. 

Los agravantes

El agravante en este caso fue la función alterada de quienes debían cuidar del pequeño indefenso y vulnerable y que fueron quienes lo maltrataron.

Al momento de los alegatos el fiscal sostiene que ambos progenitores tuvieron actitudes omisivas o comisivas, por lo tanto los consideró coautores de los hechos de violencia.

Solicitó así 10 años de prisión efectiva por ser coautores de lesiones agravadas por el vínculo y que ambos observen tratamientos psicológicos.

La defensa de Gonzalbez había dicho que el hecho se puede enmarcar en lesiones culposas ya que entienden no se acreditó el dolo de los imputados. Pidiendo la aplicación, de corresponder, la mínima, y que se dé por cumplida por los dos años que lleva detenido. Por su parte, el defensor de Mariana Román había solicitado la absolución por el beneficio de la duda.

VIDEO: Momento de la condena

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