La niña fue inducida a consumir barbitúricos y luego fue abusada sexualmente por ambos hombres. La mantuvieron encerrada en una habitación, de donde logró escapar durante el día siguiente, con el auxilio de un amigo. Por este hecho tanto la pareja y su amigo, fueron condenados por abuso sexual agravado de una menor.
El vocal de la Sala II del Tribunal de Juicio de Orán, Héctor Fayos, condenó a Caniza alias “Tito” a once años de prisión efectiva, por considerarlo coautor material y penalmente responsable de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada y abuso sexual con acceso carnal agravado por el número de participantes.
Caniza fue declarado reincidente por primera vez, según lo establecido por el artículo 50 del Código Penal. En tanto, a Villalba, alias “Gladis” le correspondió diez años de prisión efectiva, por considerarla coautora material y responsable del delito de privación ilegítima de la libertad agravada y partícipe necesaria del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el número de participantes en concurso real.
En el mismo fallo fue condenado Sucre alias “Pata” a la pena de ocho años de prisión efectiva, por considerarlo coautor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el número de participantes.
El juez dispuso la extracción de material genético de las tres personas condenadas para su incorporación al Banco de Datos Genéticos.
Los hombres continuarán detenidos en la Unidad Carcelaria 3 y la mujer, en la Unidad Carcelaria 9; ambas ubicadas en Orán.