En la audiencia de debate el abogado defensor de María Florencia Bridoux Tello (29), en sus alegatos, sostuvo la postura de que se trataba de un homicidio culposo ya prescripto.
Cabe recordar que las fiscales María Filtrin y Mónica Viazzi solicitaron 11 años de prisión por el doble homicidio simple con dolo eventual, a lo cual adhirió la querella.
En el veredicto de los jueces López, Laurenci y Toledo Zamora, se condena a la acusada a la pena de 8 años de prisión de cumplimiento efectivo y dispuso que se le extraiga material genético para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.
El hecho juzgado ocurrió el 6 de julio de 2008, cuando Bridoux, en estado de ebriedad, embistió el auto de la familia Barba, que se encontraba detenido y haciendo fila en un control de Gendarmería. En el vehículo impactado se encontraba el matrimonio compuesto por Orlando Barba y Alicia Gómez y en la parte trasera, sus hijas Vanesa y Gisela. Ambas fallecieron al incendiarse el vehículo. El siniestro ocurrió sobre ruta nacional 50, cerca de San Ramón de la Nueva Orán.
Un perito mecánico confirmó que Bridoux conducía en exceso de velocidad, ya que marcaba 118 km/h el velocímetro y que la caja de cambios quedó activada en la marcha 5°. Otro perito accidentológico sostuvo que en el lugar no quedaron marcas de frenado ni de maniobra para evitar el impacto con el auto de los Barba.
La única huella encontrada fue por el arrastre de los vehículos que se produjo cuando Bridoux impactó al de Barba y lo hace girar en U, cambiando su sentido de circulación.
Un bombero explicó que a partir de la rotura del tanque de nafta del vehículo de la familia Barba provocado por el impacto y con la caída del motor del auto de Bridoux, el arrastre por el asfalto, produjo una chispa que dio inicio al fatal incendio.