El anciano murió golpeado por el hijo de un comerciante en la zona centro de la ciudad. En su planteo, la fiscal Ana Inés Salinas Odorisio solicitó a la jueza de Garantías 7 que deje sin efecto el beneficio del arresto domiciliario concedido a Yazlle Armata.
También pidió que el mismo siga imputado como autor del homicidio simple de Borja, calificación que la magistrada cambió por la de homicidio preterintencional. En ese marco, requirió que el acusado vuelva a prisión y le advirtió a la jueza que no tiene facultades para modificar la calificación legal imputada por el Ministerio Público Fiscal. Salinas Odorisio indicó en su apelación que "ni el fiscal puede juzgar ni el juez puede acusar, es decir que en la persecución penal no se puede obligar al fiscal a pronunciarse de cierto modo cuando la constitución provincial proclama la independencia de los funcionarios", y asigna esa tarea al Ministerio Público Fiscal. En el mismo recurso, la fiscal cuestionó que la jueza de Garantías haga lugar al pedido de la defensa del imputado, al ordenar que el arresto domiciliario se lleve a cabo en un domicilio distinto al propuesto y sugerir que se ofrezca una cautela personal de una persona ajena al núcleo familiar. Resaltó el evidente el riesgo de fuga y de entorpecimiento de la averiguación en el caso y mencionó que al otorgar la domiciliaria, la propia jueza reconoció que "ya se evidenció que los progenitores trataron de entorpecer el curso de la investigación".
El 24 de julio pasado, a las 19:30, personal policial fue a verificar la situación de "una persona que cayó desde su propia altura", en Avda. San Martín 815. Borja seguía consciente, pero emanaba gran cantidad de sangre de la cabeza. Néstor fue hospitalizado, pero a los tres días falleció debido al traumatismo sufrido.
Cabe indicar que de la filmación del Centro de Video Vigilancia, surgió que el 24 a las 19:27, "existió un deliberado ataque por parte del imputado, de 26 años, hacia el anciano, de 80, a quien le propinó no un simple empujón sino un fuerte golpe de puntapié en el tórax con ánimo de causarle daño".
Agrega el informe que fue "a punto tal de tirarlo y producirle a nivel de esternón en su tercio medio un infiltrado hemático observable al examen interno (lugar del golpe), mientras en la región de cráneo se observa hematoma epidural, congestión a nivel cerebral, hematoma subdural con fractura lineal de cráneo occipital y temporal, lesiones que surgen de la autopsia realizada”. Además, quedó probado que el imputado "no le prestó auxilio".