Los fiscales penales de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Ramiro Ramos Ossorio y Pablo Rivero, intervienen en la causa desde el sábado pasado, cuando se conocieron los testimonios de lugareños que involucraban a dos vecinos que habitan en un lejano paraje a 150 kilómetros de Iruya.
Esos testimonios señalaban a dos personas, quienes debían llegar ayer a esta Capital para ser imputados por la de-saparición de Mathieu Martín de 32 años, sin embargo no pudieron ser trasladados desde la inhóspita región, por las malas condiciones climáticas.
También se conoció que el fiscal Rivero, ayer en horas de la tarde debía llegar a Iruya, para dirigirse al paraje, donde uno de los detenidos señaló habían arrojado el cuerpo del turista. Se trata de un barranco profundo entre dos cerros, lo que dificulta el descenso, con lluvia.
Deuda alimentaria
Las juezas de la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Hebe Samsón y Verónica Gómez Naar modificaron un fallo de primera instancia en el punto referido a intereses; y aprobaron una liquidación de deuda de alimentos; comprendida entre abril de 2014 y marzo de 2017; en un total de 395.361,88 pesos.
El fallo también aclara cómo se define el monto de la cuota cuando se trata de un deudor contribuyente autónomo.
Las juezas modificaron la sentencia de primera instancia, que aplicó intereses a una tasa de 12 por ciento anual sobre la deuda, con lo que el monto total original fue de 323.432,37 pesos.
Las juezas calificaron la conducta del padre como “reticente, obstruccionista y tendiente a ocultar sus ingresos. Tanto es así que el hombre, que debía pagar una cuota mensual de 7500 pesos acreditó haber enviado a la madre de la niña, en concepto de alimentos, montos que oscilaron entre los 200 pesos y los 700 pesos, desde noviembre de 2014 a diciembre de 2015.