"Acompaño el reclamo de las mujeres en cuanto al tema de la paridad de género, pero cuando se refiere a la interpretación de la ley es una lucha que tampoco voy a abandonar”, señaló Abutt Carol.
“He votado para la ley de cupo en su momento tanto para las leyes de paridad, a nivel nacional y provincial, es un reclamo que siempre voy a acompañar, ahora sé que esa lucha se traslada a la arena de la interpretación de las leyes y es una lucha que tampoco voy a abandonar así sea en el espacio en los que este, inclusive, en una lista electoral como la que estoy”, dijo.
Remarcó que acompañará ese reclamo de paridad. Luego hizo referencia a que ese acompañamiento también fue llevado a todos los ámbitos, inclusive en el reclamo de la Comisión de Género dentro del Instituto Género del Colegio, “esa denuncia que habían hecho, por haber sido censuradas en un documento muy crítico con el oficialismo y que las autoridades colegio se negaron a subirla a la página”, dijo Abutt Carol.
“Mi compromiso con el género está desde el primer momento y hasta ahora, y me comprometo a llevarlo a todos los lugares donde actúe”, concluyó en un díalogo con Nuevo Diario la abogado que titulariza la lista 3, junto a Armando Caro Figueroa y Maria Luisa Bravo.
La Lista Justicia Independiente propone un conjunto de medidas orientadas a promover el mejor funcionamiento del Consejo de la Magistratura y, por ende, del servicio de justicia.
Algunas de ellas son el compromiso de los jueces con la democracia constitucional y los Derechos Humanos, donde las pruebas de aptitud incluirán el proceso de constitucionalización de cada rama del derecho, sus principios generales y específicos, así como lo atinente a los controles de constitucionalidad y convencionalidad. Participación académica: El Consejo contará con el asesoramiento de dos Facultades de Derecho habilitadas por la CONEAU a la hora de definir los enunciados temáticos y de aprobar la tabla de puntajes. Reforzar el peso de los abogados: Los dictámenes que definan las ternas de candidatos deberán ser aprobados con el voto de los dos tercios de los vocales. Y eliminar espacios discrecionales sobre todo cuando el Gobernador decida apartarse del orden de la terna elevada por el Consejo, deberá hacerlo mediante acto administrativo suficientemente fundado.