PIDIERON AMBULANCIA A LAS 7,35, LLEGÓ A LAS 8,13

Las imputaciones por la muerte del estilista Martín Ruiz a los 8 detenidos

Finalmente la Unidad Fiscal que investiga la muerte del peluquero Martín Ruiz, ocurrida el 13 de julio pasado, imputó a 8 personas por lo que, hasta ahora, consideran el homicidio culposo del estilista.

El joven Martín Ruiz y una muerte –posiblemente- evitable.
El joven Martín Ruiz y una muerte –posiblemente- evitable.

Cuatro de los acusados son policías y el resto operarios del SAMEC.

Los imputados, como se sabe, fueron detenidos el martes pasado, lo que generó varias manifestaciones de protesta, en especial desde el sector que nuclea a los trabajadores de la salud. Incluso hasta el ministro de Salud de la Provincia José Esteban se mostró molesto con las detenciones de los operadores del área de emergencia.

Además de la acusación penal por homicidio culposo, uno de los policías fue imputado también por el delito de vejaciones. Por otra parte, se informó que los policías, quienes se abstuvieron de declarar, se marcharon en libertad provisoria, mientras que los operarios del SAMEC quedaron detenidos.

La fiscal penal Ana Inés Salinas Odorisio informó oficialmente que por la muerte de Martín Ruiz imputó a Luis Alberto Rivas Pérez, Cristian Alejandro Huari, Gonzalo Federico Farfán, Marcela Silvana Giménez (del SAMEC), Sergio David Llanes, Néstor Damián Ulloa, Ricardo Ariel Sierralta y Héctor Matías Rodríguez (efectivos policiales) como autores del delito de homicidio culposo. En la fundamentación de la acusación, Salinas Odorisio sostiene que los efectivos policiales imputados, el día del hecho, interceptaron y demoraron a la víctima con una actuación exagerada para el contexto en el que se desarrollaban los sucesos.

En el caso particular del efectivo Rodríguez, acusado por vejaciones, sostuvo que, de los registros fílmicos analizados, se puede observar que hace uso inadecuado de la fuerza e inobservando los principios de congruencia y proporcionalidad, sitúa su pie derecho sobre el cuerpo de la víctima, empujándolo para luego, con el mismo pie, apoyarse y presionar sobre su humanidad.

Respecto a los operarios del SAMEC, en la acusación se sostiene que del análisis del material aportado por el Sistema de Emergencias 911, se puede observar que el día del hecho, se da inicio al incidente a las 6.50 por personal de demanda ciudadana, que dan aviso a las instituciones que deben intervenir. Asimismo, indicó que se puede determinar que, luego que el personal policial toma contacto con la víctima a las 7.35, se solicita móvil de SAMEC al lugar, reiterando dicho pedido a las 7.41 y a las 7.49, sin obtener respuestas de la unidad sanitaria, arribando recién al lugar a las 8.13. Desde el inicio del incidente, agregó, no se observa designación de ambulancia hasta horas 8.02 y que en el sistema no se registran constancias sobre el motivo de la demora de la unidad de SAMEC como tampoco designaciones de otras unidades sanitarias por los operarios intervinientes.

Para la fiscal, la demora impidió que la víctima reciba la atención necesaria para su supervivencia, evidenciándose negligencia por parte de los imputados, que cometieron descuido u omisión de las diligencias debidas e impuestas por la prudencia, cuya observancia y previsión, hubieran prevenido el resultado acaecido.

 

 

 

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