EL CASO DEL SEX SHOP

Llamativo fallo dejó libre al padre que abusó de su hija

Tras una serie de audiencias, en el que se escucharon varios testigos y se ventilaron otras tantas pruebas, el juez de la Sala III del Tribunal de Juicio, Pablo Farah, resolvió absolver a un empleado de un sex shop que llegó a juicio acusado de abusar de su hija de 5 años.

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La denuncia judicial relativa al trabajador de un sex shop que abusó de su hija, fue exonerado por el beneficio de la duda.
La denuncia judicial relativa al trabajador de un sex shop que abusó de su hija, fue exonerado por el beneficio de la duda.

La imputación era de abuso sexual gravemente ultrajante, una calificación que surgió de la investigación realizada por la fiscal penal 2, María Luján Sodero Calvet, de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, que en el juicio solicitó 8 años de prisión.

En la denuncia del 26 de marzo pasado, la madre de la víctima acusó a su ex pareja, padre de la nena, tocamientos a la menor y de haber filmado con un teléfono celular a la pequeña que, supuestamente, era obligada a protagonizar escenas sexuales.

En la primera audiencia, el imputado, cuya identidad se mantuvo en reserva, prestó declaración y negó la acusación en su contra, como así también explicó que la denuncia de su ex mujer se radicó después de que la pareja iniciara el proceso de separación, por lo que sostuvo que se trató de un aprovechamiento de su ex mujer para perjudicarlo.

Posteriormente, el juez dio paso a varios testigos e incluso se expuso la declaración que la menor brindó en Cámara Gesell, circunstancias en que surgieron dudas respecto a la acusación, lo que desacreditó la imputación en contra del empleado.

Al momento de los alegatos, la fiscal sostuvo la acusación en base a la declaración de la menor y otras pruebas, con los que fundamentó el pedido de pena de ocho años de prisión.

Por su parte, el abogado Marcelo Arancibia rechazó tal pedido y adujo que de acuerdo a los testimonios, y sobre todo al contenido de la Cámara Gesell, no existían suficientes elementos para llevar a su cliente a una condena, ya que durante el debate quedaron en evidencia varias dudas.

Beneficio de la duda

En vista de ello, el abogado Arancibia solicitó ante el juez la absolución de su cliente por el beneficio de la duda, ya que la jurisprudencia indica que en caso de que la acusación no sea contundente, la duda beneficia al reo, tal como lo establece el Código Procesal Penal de la Nación en su artículo tercero.

Al respecto, el letrado señaló que durante el debate “surgieron elementos divergentes y convergentes, dudas que incluso se advirtieron cuando la menor declaró en Cámara Gesell, pues si bien indicó a mi cliente, también señaló a una mujer y a una compañera de escuela”

“Frente a este tipo de casos, la jurisprudencia es clara al recomendar el instituto del beneficio de la duda, el cual benéficia al reo. Si no hay certeza, no se puede obligar al juez a ser el verdugo de su misma duda, sobre todo cuando en caso como este, surgieron varios elementos positivos y negativos”, agregó. 

En su veredicto, el juez coincidió con el alegato de la defensa y absolvió al empleado por el beneficio de la duda. 
Cámara del Trabajo

Entre el 1 y el 8 de febrero próximo deberán presentarse los postulantes al cargo de Juez de la Cámara de Apelaciones del Trabajo Sala I, Vocal Nº 2. Corresponde al período de  evaluación escrita y entrevista personal.

Los postulantes, con antecedentes y dados por el Consejo de la Magistratura son los siguientes: 1) Daniel Guillermo Alderete: 30.38 puntos;  2) Laura Alicia Barrientos: 31.50 puntos; 3) Eduardo Daniel Carrizo: 27 puntos; 4) Emilio María Isasmendi: 28.70 puntos; 

5) Gustavo Krause: 32.25 puntos; 6) Máximo Francisco Lammoglia: 18.74 puntos;  7) Ricardo Pedro Lucatti: 30.23 puntos;  8) José Manuel Pereira: 38.80 puntos; 9) Patricia Olivia Pilco Leal: 22.28 puntos y  10) Héctor José María Salomón: 34.15 puntos.

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