EN ANGASTACO

Lo acusaron de abusar de una mujer, lo llevaron a juicio y resultó absuelto

Un juicio que demandó seis jornadas de audiencias, en las que se escucharon a 30 testigos y concluyó con una lúcida exposición de alegatos de las partes, la jueza Paola Marocco, de la Sala VIII del Tribunal de Juicio, resolvió absolver a un comerciante que había llegado acusado de abuso sexual.

Marcelo Arancibia, abogado defensor.
Marcelo Arancibia, abogado defensor.

El debate expuso lo sucedido en la localidad de Angastaco, en los Valles Calchaquíes, pueblo que fue presentado por la fiscalía como escenario de una presunta violación, hecho denunciado por una vecina de ese municipio.

En el devenir de las audiencias, sin embargo, los testigos no fueron contundentes, al menos como la fiscalía lo esperaba, lo que quedó aún más evidente con la labor de la defensa, a cargo de los abogados, Marcelo Arancibia y Marcos Rubinovich. Este último, casualmente, se encargó de controvertir la prueba expuesta por la fiscalía, la cual insistió en sostener que el acusado, un comerciante conocido en Angastaco, abusó de la mujer, quien aseguró haber sido violada por dos personas la noche del hecho, aunque no aportó muchos detalles debido a que estaba alcoholizada, elemento que, posteriormente en los alegatos, la fiscalía no pudo evitar y se convirtió en una dura traba en la acusación.

No obstante, la fiscalía avanzó en su alegato y propuso una condena de 8 años de prisión para el comerciante, aunque las pruebas alegadas no fueron suficientes.

Ello se debió a que los testigos no pudieron acompañar el relato de la presunta víctima, lo que le permitió a la defensa controvertir el caso.

Al alegar por el comerciante, Rubinovich fue al centro del hueso y dejó en evidencia las contradicciones incurridas por la denunciante, como así también señaló la escasa fuerza probatoria presentada por la fiscalía al pedir la condena del comerciante.

Desde el Derecho, en tanto, Arancibia, abordó la situación del acusado y reclamó la absolución.

“Desde principio a fin, la incertidumbre reinó en el debate, razón por la cual la jueza, tal como se  lo hicimos ver desde la defensa, no pudo dictar una sentencia condenatoria y, tal como lo establece la ley, dictó la absolución de nuestro cliente por el beneficio de la duda”, explicó.

Arancibia, quien resaltó la tarea de su colega, señaló que “el fallo de la jueza es a Derecho, pues la ley exige certeza para dictar una condena. Y en este caso, no hubo”.

 

 

 

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