“COMPLICE DE LAS ABERRACIONES COMETIDAS”

Otro proceso al ex juez Ricardo Lona como autor de delitos de lesa humanidad

El juez federal subrogante de Jujuy, Esteban Eduardo Hansen, procesó al ex juez federal de Salta, Ricardo Lona, como autor y partícipe secundario en decenas de crímenes de lesa humanidad.

El juez federal Esteban Eduardo Hansen, procesó al ex juez federal de Salta, Ricardo Lona.
El juez federal Esteban Eduardo Hansen, procesó al ex juez federal de Salta, Ricardo Lona.

Esta situación se desprende de una investigación impulsada por la Fiscalía de Transición de la Unidad Fiscal Salta. La decisión fue plasmada en un fallo de casi 500 páginas, dictado este lunes.

La tarea acusatoria, dirigida por el fiscal general Carlos Martín Amad, aparece resaltada en la resolución del magistrado, quien destacó la imputación del Ministerio Público Fiscal en el proceso penal que se inició el 14 de julio de 2006, cuando el juez federal N°2 Miguel Medina dispuso la acumulación de los distintos expedientes que se habían iniciado por casos de lesa humanidad en los que Lona aparecía implicado. Tras 14 años de investigación, recolección de pruebas, recepción de testimoniales y resolución de planteos, el ex juez Ricardo Lona sumó un nuevo procesamiento que lo deja a las puertas de otro mega juicio.

Cabe recordar que el 24 de septiembre de 2019 Lona fue condenado a 15 años de prisión por el Tribunal Oral Federal N° 2 de Salta, integrado por Gabriela Catalano, Juan Carlos Reynaga y Gabriel Eduardo Casas, quienes juzgaron y condenaron al ex camarista por su participación delictiva en la desaparición y muerte del exgobernador Miguel Ragone.

Ahora, a un año y medio de esa sentencia, el exjuez, quien llegó a integrar la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, fue procesado por numerosos delitos de lesa humanidad cometidos en esta provincia y considerados como terrorismo de Estado.

En su fallo, el juez Hansen detalló los delitos por los que fue procesado el ex juez. En carácter de autor, lo encontró responsable de prevaricato y omisión de promover acción penal en 78 hechos. A ello agregó el delito -en concurso ideal- de haber omitido, retardado o rehusado hacer cesar una detención ilegal, en otros 23 casos.

Por otra parte, y en calidad de partícipe secundario, Hansen procesó a Lona por los siguientes delitos con la correspondiente cantidad de hechos: allanamiento ilegal (32); tormentos agravados (25); privación abusiva de la libertad agravada (64); lesiones (2); amenazas y coacción (13) y homicidio agravado (23).

Según la acusación, Lona "se convirtió en cómplice de las aberraciones cometidas por los usurpadores del poder, intentando dar visos de legalidad a las detenciones ilegales, imprimiendo un trámite meramente formal a los recursos de hábeas corpus, archivando las denuncias por secuestros, homicidios y torturas, impulsando causas que tenían por imputados a las víctimas”.

El fiscal Amad indicó que el imputado era el único juez federal de la provincia de Salta, aspecto que surge de su legajo personal, en el que se señala que “por decreto del PEN del 4 de noviembre de 1975, en plena intervención federal, fue designado Juez del Juzgado Federal de Salta, cargo que asumió el 13 de noviembre del mismo año”.

“Situaciones complicadas para las que no estaba preparado”

En el marco de su relato sobre los pormenores de la causa, Hansen repasó los distintos jueces que intervinieron en la causa, como así también los distintos planteos de recusación interpuestos contra otros fiscales del Ministerio Público Fiscal. “En este contexto, luego de años de trámite y numerosos cuestionamientos, finalmente Ricardo Lona prestó declaración indagatoria, mediante el sistema de videoconferencia atento la situación excepcional de pandemia producida por el COVID-19, el 6 de agosto del año anterior, oportunidad en que presentó un descargo parcial”.

Posteriormente, Lona presentó distintos descargos complementarios con un común denominador: desvincularse de las acusaciones que pesaban en su contra con distintos argumentos, entre ellos la prescripción de los delitos imputados.

Asimismo, sostuvo que “carecía de práctica en el manejo del proceso penal, pues se venía desempeñado en el ámbito del derecho administrativo y financiero, como secretario de un Juzgado de Primera Instancia y de Cámara, en el fuero Contencioso Administrativo Federal, de la ciudad de Buenos Aires. Aclarando que le tocó iniciarse en situaciones complicadas para las que no estaba preparado en materia penal”.

La fiscalía expresó que, del estudio de los distintos casos sobre la actuación judicial durante la última dictadura cívico militar, se puede “afirmar que el terrorismo de Estado contó en Salta con la complicidad de miembros de relevancia de un Poder Judicial que se adaptó sin más al plan sistemático de represión y aniquilamiento de una parte de la población civil, so pretexto de la denominada ‘lucha contra la subversión’, imperante en aquellos años”.

“Esta afirmación –sostuvo la fiscalía- está basada en un hecho incontrovertible, que resulta de conocimiento público y notorio: pese a las innumerables denuncias de desapariciones, homicidios, torturas, privaciones ilegales de libertad y abusos sexuales, entre otros numerosos delitos que se cometieron durante aquellos años y que fueron puestos en conocimiento de las agencias judiciales, no hubo un sólo miembro de las fuerzas armadas o de seguridad que resultara seriamente investigado ni mucho menos condenado por la comisión de esos hechos durante aquel período”.

 

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