ACUERDO POR VIOLAR LA CUARENTENA

Pescadores infractores evitan penas con tareas comunitarias

Mediante un acuerdo conciliatorio cuatro pescadores que violaron la cuarentena para ir de pesca al dique Cabra Corral, acordaron donar dinero, elementos de higiene y realizar tareas comunitarias en seis entidades de bien común del Valle de Lerma.

NDS |

El fiscal Toranzos y la defensa de cuatro pescadores infractores, llegaron a un acuerdo con la Justicia en una audiencia de conciliación.
El fiscal Toranzos y la defensa de cuatro pescadores infractores, llegaron a un acuerdo con la Justicia en una audiencia de conciliación.

Los pescadores infractores a las medidas de prevención sanitarias previstas en los DNU 297/20 de la Provincia , llegaron a un arreglo con el fiscal federal Ricardo Toranzos de la Unidad Fiscal Salta, por salir a pescar y sacan del dique 54 ejemplares de pejerrey y un bagre.

El acuerdo para evitar las penas por violar la cuarentena consiste en donar dinero y realizar trabajos a escuelas y hospitales

A esta solución se logró a partir de lo que se conoce como acuerdo conciliatorio, una herramienta procesal que presenta el Código Procesal Penal Federal (CPPF) para arribar a la solución de conflictos, en sintonía con su artículo 22, que insta tanto a los jueces como a los fiscales a procurar resolver "el conflicto surgido a consecuencia del hecho punible, dando preferencia a las soluciones que mejor se adecuen al restablecimiento de la armonía entre sus protagonistas y a la paz social".

El "acuerdo conciliatorio", es una solución prevista en el nuevo código. La "acreditación del cumplimiento del acuerdo extingue la acción penal", pero hasta tanto no se acredite ello, el legajo del caso debe ser reservado. Incluso ante el incumplimiento, el fiscal conserva la facultad de reabrirlo.

Para refrendar el acuerdo, el 3 de junio, la fiscalía junto a la defensa de los acusados, presentaron el acuerdo conciliatorio ante el juez federal de Garantías, Miguel Medina, quien luego del consentimiento expreso de los infractores homologó la solución.

De pesca violando las medidas

El hecho sucedió el 20 de mayo, alrededor de las 20, cuando personal policial de la Sección Seguridad Vial Talampaya, de Chicoana, realizaba un control de prevención COVID-19 sobre la ruta 68, circunstancias en que detuvieron una camioneta en la que viajaban cuatro hombres.

Al responder respecto a la autorización de circulación, los ocupantes manifestaron no contar con la declaración jurada que habilitara su desplazamiento. 

Los policías, en tanto, se percataron de que transportaban cañas de pescar y varias piezas ictícolas, evidencia de una actividad que, en ese momento, se encontraba prohibida por las medidas sanitarias dispuestas por la provincia.

Por este hecho, bajo instrucciones de la fiscalía, la policía trasladó el vehículo a la dependencia policial y se secuestraron elementos propios de la actividad que habían estado desarrollando.

Dada las irregularidades advertidas, tanto por no poseer permiso de circulación y la práctica prohibida, la fiscalía abrió una investigación por infracción al artículo 205 del Código Penal, de aplicación respecto a la violación a las medidas previstas en los DNU 297/20, como así también a disposiciones locales en el marco de prevención contra la pandemia COVID-19.

El compromiso asumido por los infractores

Al referirse al acuerdo conciliatorio, el fiscal aseguró que la solución a la cual se llega "se condice con los principios de proporcionalidad y razonabilidad, no resultando ilegítimo o ilegal", ya que la esencia del sistema instituido coincide con la lógica del sistema adversarial-acusatorio, en el cual "reina el principio dispositivo y se destacan los criterios de oportunidad".

"En el nuevo paradigma del sistema de enjuiciamiento penal, las soluciones alternativas tienen un rol destacado como herramientas para resolver el conflicto penal como concepto que aparece reemplazando la noción de 'infracción penal o normativa'", destacó.

En vista de ello, observó que "el hecho objeto de investigación no revistió circunstancias agravantes especiales que puedan significar una situación socialmente alarmante y como tal disuasiva de la admisibilidad de la conciliación".

Según lo informado, cada uno de los pescadores infractores acordó realizar donaciones de insumos (mercadería) por la suma de ocho mil pesos mensuales, debiendo abonar $2.000 cada uno.

Las instituciones beneficiadas, en tanto, son el Hogar de Ancianos Rural Las Moras de Chicoana, el Hospital San Rafael del Carril; Bomberos Voluntarios del Carril y el Hospital Rafael Villagrán de Chicoana.

En el acuerdo se estableció que las donaciones deberán cumplirse durante el plazo de cuatro meses.

También se acordó que los infractores deberán realizar tareas comunitarias por el término de 48 horas durante tres meses, es decir 16 horas mensuales, consistentes en el arreglo de mobiliario y limpieza en dos instituciones educativas de la localidad El Carril, previo a la reanudación del ciclo lectivo. 

En ese sentido, se dispuso que los trabajos se realicen en las escuelas Sagrada Familia y Manuel José Castilla.

El acuerdo arribado llamó la atención no solo por la vía judicial utilizada por la fiscalía, sino también porque el mismo redundó en un gran beneficio a la comunidad, en este caso a través de donaciones, mercaderías y horas de trabajo en entidades de bien común.

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