Se trata de guradias del Servicio Penitenciario de la Provincia, en este caso, con revista en la unidad carcelaria de la ciudad de Metán.
Producto de la investigación, surgió que en la madrugada del 8 de julio de 2017, mientras el denunciante estaba alojado en el "disciplinario", solo con ropa interior y mientras pedía que se le diera abrigo, ingresaron tres personas, entre las que pudo reconocer a Chocobar.
Indicó que lo hicieron caer al piso y le propinaron una golpiza, que fue acreditada con el certificado médico que dio cuenta de lesiones en el cuerpo de la víctima.
Respecto al celador Sosa, la fiscal sostuvo que al mismo se lo vio ingresar en el lugar donde el interno cumplía la sanción disciplinaria y participó de la golpiza, conforme lo sostuvo un testigo.
Sobre la imputación, la fiscal dijo que la figura endilgada a los imputados, pretende proteger el remanente de libertad del que dispone todo detenido en virtud de ser sujeto de derecho y que atañe directamente a su dignidad como persona.
Destacó que la medida de encierro se vio agravada por la golpiza llevada a cabo por los acusados, por lo que merece sin dudas el reproche penal atribuido, pues la libertad individual que se intenta resguardar mediante la disposición, se ve conmovida a raíz de los procedimientos que se caracterizan por su carácter mortificante.
Como complemento típico legal, se requiere que el agente desempeñe un acto de servicio al momento de la ejecución ilícita; un acto propio de su actividad y tal como surgió de las constancias del legajo de investigación, tanto Chocobar como Sosa se desempeñaban como funcionarios penitenciarios donde ocurrieron los hechos.
En el mismo requerimiento, la fiscal solicitó el sobreseimiento de Gustavo Leonel Antonio Balderrama, de 29 años, pues tras la investigación no surgieron datos certeros sobre su participación.