POR LOS DELITOS DE ABUSO SEXUAL

Por “supuesta” prescripción, la Corte de Salta sobreseyó al cura Aguilera

Con 5 votos a 4, el alto tribunal decidió rechazar un recurso de queja interpuesto por la fiscalía de impugnación en contra del sobreseimiento dictado en favor del ex sacerdote José Carlos Aguilera, acusado de graves delitos sexuales.

El ex cura José Carlos Aguilera.
El ex cura José Carlos Aguilera.

La resolución de la Corte de Justicia, adelantada ayer por La Voz de Salta (sitio especializado en temas judiciales), podría replicarse también en la causa que se sigue en contra del ex cura Emilio Lamas e incluso favorecer al reciente condenado Agustín Rosa Torino.

Como se sabe, José Carlos Aguilera fue detenido el 21 de marzo de 2019 e imputado por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización, agravado por ser ministro de culto (dos hechos) en concurso real con abuso sexual simple agravado por ser ministro de culto.

Tras su detención, el juez Héctor Martínez del Juzgado de Garantías 5 dictó la prisión preventiva requerida, en ese momento, por la fiscal María Luján Sodero, en el marco de una investigación penal abierta a partir de la denuncia de dos jóvenes, los que denunciaron hechos ocurridos cuando el acusado estaba al frente de la parroquia de Campo Santo. El 12 de abril de 2019, el juez Martínez dictó la prisión preventiva de Aguilera, la que fue apelada por su abogado defensor Juan Casabella Dávalos. El planteo fue resuelto el 13 de junio por el juez Adolfo Figueroa de la Sala IV del Tribunal de Impugnación, quien decidió declarar prescriptos los casos imputados al entonces sacerdote, a quien terminó por sobreseer. Por esa decisión, el fiscal de impugnación Villalba Ovejero interpuso un recurso de inconstitucionalidad a fin de revertir el sobreseimiento de Aguilera, ya que consideró que los hechos imputados no prescribieron, pero el juez Figueroa rechazó su planteo. Ante este nuevo revés, el fiscal acudió a la Corte de Justicia con un recurso de queja, planteo realizado el 23 de julio siguiente, o sea, hace casi dos años. Ayer, el máximo tribunal dio a conocer su fallo respecto a la queja planteada por Villalba Ovejero. La misma fue rechazada en una votación dividida de 5 sobre 4 que se expidieron por hacer lugar a la queja y resolver la cuestión de fondo respecto a la prescripción de los hechos imputados.

La votación

Los jueces de Corte que votaron por favorecer al ex cura Aguilera fueron Teresa Ovejero Cornejo, Sergio Fabián Vittar, Pablo David Arancibia, Guillermo Adriano Polliotto y Virginia Haydeé Solórzano, éstos tres últimos en carácter de ad hoc. Por el contrario, votaron los jueces Pablo López Viñals, Horacio Aguilar, Ernesto Samsón y Adriana Rodríguez Faraldo. De esta manera, Aguilera resultó beneficiado, aunque no porque sea inocente, sino por la supuesta prescripción de los delitos imputados, según el lente de la Corte de Justicia de Salta.

Conocida la decisión del alto tribunal, ahora resta saber si la fiscalía apela este fallo a través de un recurso extraordinario de orden federal.

Cabe citar que en octubre de 2020, el Tribunal Eclesiástico encontró culpable de abuso sexual a seis menores al cura José  Aguilera y dictó la quita  del estado clerical.

El fallo se haría extensivo a Lamas y Agustín Rosa Torino

Dado que la defensa del ex cura Emilio Lamas, también en la mira de la justicia por delitos sexuales, presentó un recurso de inconstitucionalidad basado en la imprescriptibilidad de los hechos acusados, es muy probable que la decisión tomada por la Corte de Justicia se extienda y favorezca a este ex sacerdote. La posibilidad radica en que la presentación de Lamas repite los fundamentos y jurisprudencia expuesta en el caso Aguilera. Incluso, el fallo podría favorecer también al recién condenado Rubén Agustín Rosa Torino, sentenciado a 12 años de prisión por delitos sexuales.

Es que los hechos denunciados por una ex monja, según el criterio de la Corte, también estarían prescriptos, por lo que la defensa del sacerdote podría, en su apelación del fallo, incluir esta jurisprudencia y reclamar así una condena menor de su defendido.

En el voto de la mayoría, en el caso Aguilera, los jueces analizaron el planteo de queja de la fiscalía, circunstancias en que criticaron errores básicos del apelante, para luego ingresar al fondo de la cuestión y replicar un criterio ya resuelto por el alto tribunal respecto a la prescripción de delitos sexuales denunciados fuera del término punible. Se trata de un fallo dictado el 6 de abril de este año en el marco de la causa penal seguida contra un hombre por el delito de abuso sexual con acceso carnal continuado y agravado por la convivencia y abuso sexual gravemente ultrajante, en ambos casos en perjuicio de menores de 18 años. Este caso llegó a la Corte, también tras el rechazo de un recurso de casación interpuesto en favor del acusado, condenado a 15 años de prisión por la Sala VI del Tribunal de Juicio.

La Corte ingresó en el análisis del caso y, en un extenso fallo, se inclinó por la prescripción de los delitos sexuales. En ese caso, el presidente de la Corte Guillermo Catalano y los jueces Teresa Ovejero Cornejo, Sergio Fabián Vittar, María Alejandra Gauffin y Guillermo Adriano Polliotto (ad hoc), votaron por declarar la prescripción de los delitos sexuales imputados. Los jueces Pablo López Viñals, Ernesto R. Samsón, Horacio José Aguilar y Adriana Rodríguez Faraldo, votaron su rechazo.

 

Compartí esta noticia!

VER MÁS

Deportes


VER MÁS

Salta


VER MÁS

El País


VER MÁS

Judiciales


VER MÁS

Provinciales


VER MÁS

Te puede interesar


VER MÁS

Cultura y Espectáculos


VER MÁS

Política


VER MÁS

Seguridad


VER MÁS

Mundo


VER MÁS

Economía


VER MÁS

Tendencias


Más de Judiciales

ÚLTIMAS NOTICIAS