El acusado fue denunciado por un hecho ocurrido el 7 de diciembre del año pasado. Ese día, alrededor de las 8:40, Iván Franco Álvez ingresó a un negocio 24 horas ubicado en Zuviría al 1600 junto a otro sujeto. Llevaban gorras y barbijos y esgrimieron un arma de fuego para intimidar a las dos empleadas que se encontraban en el local. Les colocaron precintos en las manos y las dejaron arrodilladas en el depósito.
Las víctimas lograron reconocer a Álvez, que había trabajado en ese mismo lugar. “¿Qué haces Iván?”, le dijo una de las empleadas, y él le ordenó que se callara y que bajara la cabeza. Seguidamente, ambos sujetos se retiraron llevándose una caja de seguridad que contenía dinero.
Iván Franco Álvez Castellano fue condenado en un juicio abreviado llevado a cabo en la Sala II, presidido por la jueza María Victoria Montoya Quiroga.
El imputado seguirá en libertad por la modalidad de la pena dictada y tendrá que cumplir varias reglas de conducta durante dos años, como mantener actividad laboral lícita y de acuerdo a sus capacidades; abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; mantenerse alejado de las víctimas y del lugar del hecho en un radio de 200 metros. Todo ello con apercibimiento de revocarse la prisión en suspenso.
Condena y libertad
El juez de la Sala I del Tribunal de Juicio de Orán, Edgardo Laurenci, condenó en juicio abreviado a Miguel Martín Gallardo (34), y a Nelson Salazar (32) a la pena de tres años de prisión en suspenso, por resultar coautores materiales y penalmente responsables del delito de robo simple, daños y violación de las medidas sanitarias en concurso real.
Dada la condicionalidad de la pena, Gallardo y Salazar deberán dar cumplimiento, por el término de dos años, a las diferentes reglas de conducta. Finalizada la audiencia, Gallardo recuperó su libertad.