ABUSO SEXUAL

Tres entidades fueron aceptadas como “amicus curiae” en la causa del cura Emilio Lamas

La Corte de Justicia de Salta aceptó la presentación de la Asociación Civil de Laicos de Estudios Contemporáneos Argentinos- ILEC-, del Observatorio de Violencia Contra las Mujeres y de la Asociación Contra la Tortura, bajo la figura del “amicus curiae” dentro de la causa que por supuestos abusos sexuales se le sigue al cura Emilio Lamas, y la prescriptibilidad o no sobre la que debe fallar el máximo tribunal.

Sacerdote Emilio Lamas fue imputado por abuso sexual en dos denuncias.
Sacerdote Emilio Lamas fue imputado por abuso sexual en dos denuncias.

Con la firma de todos sus miembros el organismo dio a conocer la resolución, en la que los aceptó, dentro de la causa en la que deben analizar la prescripción o no de los delitos de los que está acusado.

Cabe recordar que Lamas fue acusado primero por el ex monaguillo, Juan Carlos García, quien realizó la denuncia donde refirió haber sido víctima de abuso sexual por parte del sacerdote en Rosario de Lerma durante su adolescencia entre los años 93/94. A los pocos días de esa denuncia, se recibió una segunda a cargo de Carla Morales, quien a pesar de estar viviendo en Buenos Aires, se trasladó a esta ciudad para concretarla ante el Ministerio Público Fiscal.

En oportunidad de un díalogo con Nuevo Diario sostuvo que “estoy para ayudarlo a Juan y a mí misma para terminar de sanar  porque es un proceso largo de entender la violación, se necesita tiempo para sacarte esa culpa, de que fuiste violada, porque nos pasa a las personas que sufrimos el abuso sexual, porque hay una iglesia que dice que si sos gay o lesbiana sos culpable”, sostuvo.

ILEC

Por todo esto y ante la presentación de Lamas de una apelación al trámite investigativo y de la marcha de la causa, es que el representante de García y Morales, Luis Segovia, hizo una presentación en favor de la imprescriptibilidad de los hechos.

Asi es que los amigos del tribunal fundamentaron cada uno su postura en favor de esa imprescriptibilidad, por tanto el ILEC, entendió que la figura de Lamas, por su pertenencia a una institución de raigambre provincial con influencia en la sociedad, y el Estado, evitó que se presentarán en aquel tiempo, donde además se trataba de adolescente de entre 12 y 13 años.

Por tanto”propusieron que el derecho de la víctima comprende el valor de los tribunales sobretodas las circunstancias que pudieren restringir el ejercicio de la acción penal y ello podría conducir a la tesis de la imprescriptibilidad o a concebir un criterio distinto del habitual para iniciar el computo del plazo de la prescripciópn de los hechos, sobre todo cuando el denunciado pertenece a una institución de alta influencia”.

Observatorio de Violencia

Este organismo sostiene que el interés  superior del niño no hace que se  deroge la ley vigente en cuanto a la prescripción. A lo que se suma el Observatorio de la Violencia en Contra de la Mujer, señalando que el silencio de las víctimas va de la mano de la corta edad, y de la poca representatividad legal, que en ese momento tenían.

También remarcaron que se trata de una persona  que contaba con influencia por sobre la vulnerabilidad de los adolescentes. 

Asociación Contra la Tortura

Por su parte  A.C.T aportó como amigo del tribunal su perspectiva sobre el hecho, rescatando que los delitos denunciados conforman un trato inhumano y degradante.

“Este hecho encuadra en el delito de las torturas  ya que son graves violaciones contra los derechos humanos”, señalan.

Explican que la tortura sexual va de la mano de todo lo que se incluye como abusos en cuanto a manipulacion y elementos extraños en las partes íntimas. Advirtiendo que la emoción transmitida en la culpa, los lleva a guardar silencio, y a permitir al abusador avanzar en la impunidad.

Por su parte la Corte en el fallo, emitido el 23 de diciembre pasado, da cuenta de la aceptación de esa figura en otras causas, como aporte de una perspectiva que permite ampliar la mirada en relación al tema analizado; en este caso la prescripción o no de los hechos de abuso sexual, bajo la premisa de enriquecer las deliberaciones.

Sin embargo y más allá de este análísis, que aún adeuda la corte sobre la prescripción o no, la causa fue elevada a Juicio que se realizará en mayo del año en curso.

La sentencia, de llegar a juicio, se podría conocer el 22 de mayo. Cabe recordar que en esta causa se llegó a allanar el Arzobispado de Salta, sin muchos antecedentes a nivel país. 

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