Durante el tiempo de la condena, el hombre deberá fijar domicilio y comunicar cualquier cambio. No podrá cometer nuevo delito. Además tiene prohibido acercarse a la víctima y su grupo familiar en un radio de 300 metros, como también a los lugares que ellos frecuenten y sus domicilios.
También deberá abstenerse de ejercer actos de violencia física o psicológica en perjuicio de la denunciante y su grupo familiar. Tampoco podrá mantener cualquier tipo de contacto por cualquier medio con la víctima.
Por el tiempo de la condena se someterá al cuidado del Patronato de Presos y Liberados. Además, deberá participar del Programa de Intervención de Agresores de Violencia contra la pareja que funciona en el ámbito del Ministerio Público Fiscal, previo dictamen de admisibilidad.
El objetivo es tratar sus impulsos agresivos y con el objeto de eliminar cualquier tipo de acción violenta en contra de la mujer.
Tiene la obligación de realizar interconsulta con la Secretaría de Abordaje a las adicciones, y en caso de ser necesario, realizar tratamiento psicoterapéutico a los fines de tratar conductas impulsivas y violentas.
En caso de incumplir alguna de estas reglas de conducta podría dejarse sin efecto la modalidad condicional de la pena que se le impuso, que sería de cumplimiento efectivo. Finalizada la audiencia, Orihuela recuperó su libertad ya que llegó detenido al juicio.
Sucedió el 20 de agosto del año pasado, cuando ingresó en estado de ebriedad al domicilio de su expareja, a quien amenazó.
Luego, el 19 de octubre, también alcoholizado, se presentó nuevamente en el domicilio de la víctima, pese a que tenía prohibido acercarse, y la amenazó para que lo deje ingresar a buscar algunas de sus pertenencias.