La disposición fue adoptada en el marco de una solicitud de decomiso de los animales, siete en total. La solicitud fue hecha por el jefe de la Policía.
La jueza consideró, al resolver, que no resulta aplicable el decomiso por cuanto no hay sentencia definitiva en la causa, por lo cual se remitió al criterio aplicado el 16 de noviembre pasado cuando el Tribunal resolvió un planteo similar. En aquella oportunidad fueron 22 los equinos comprendidos.La causa fue resuelta el mismo día de presentado el pedido del jefe policial.
Adecuado destino
“Siendo el depósito judicial una medida cautelar en virtud de la cual los bienes secuestrados son entregados en depósito a otra persona o al propio dueño o poseedor y, como en este caso la Institución Policial dio amplio cumplimiento a lo establecido en los artículos 66 y 68 de la Ley 7135/01 no pudiéndose determinar e individualizar en el caso concreto, a los poseedores o propietarios de estos equinos y, atento a determinar un adecuado destino, con un uso útil y a la vez, haciendo observar los cuidados y mantenimientos necesarios acordes a la normativa vigente sobre el debido trato a los animales, entiendo que los mismos deberán ser entregados al Ministerio de Salud de la Provincia, quien en calidad de Depositario Judicial deberá darle a los equinos de marras, fines netamente terapéuticos, haciéndose cargo de todo lo necesario para su cuidado, buen trato y manutención, así como los controles y visitas médicas veterinarias, todo en cumplimiento de la Ley 14346/54 de Defensa y Protección de animales ante los malos tratos y actos de crueldad contra los mismos”.
Informe semestral
El depositario judicial, en este caso, deberá realizar un informe semestral minucioso o cuando el juez lo requiera, bajo pena de incurrir en responsabilidad penal, sobre los cuidados administrados a los animales y el estado de los mismos.
El 16 de noviembre del año anterior, la jueza Zunino resolvió en idéntico sentido sobre otros 22 animales, otorgándoselos al Ministerio de Salud como Depositario Judicial para que sean empleados en terapias equinas.
El lunes pasado, la jueza solicitó al jefe de Policía informe “urgente” con la nómina de causas contravencionales y judiciales donde se hubiera dispuesto secuestro de ganado mayor y menor, en aplicación de las leyes de fondo y de la Acordada 12564.
La Acordada citada contiene una serie de normas prácticas referidas al secuestro de ganado mayor y menor que deberán observar los magistrados, sin perjuicio de las previsiones establecidas en la legislación sustantiva o procesal.