FALLO DE LA CORTE DE BOGOTÁ

Ordenan se realice un debate presidencial para el balotaje en Colombia

El Tribunal Superior de Bogotá hizo lugar al pedido de un grupo de ciudadanos que sostuvo que la falta de debates violaba el derecho de los electores a una correcta información de los programas de los candidatos para decidir su voto.

La Corte suprema de Bogotá ordenó a Gustavo Petro y Rodolfo Hernández la realización de un debate.
La Corte suprema de Bogotá ordenó a Gustavo Petro y Rodolfo Hernández la realización de un debate.

La Corte suprema de Bogotá ordenó a Gustavo Petro y Rodolfo Hernández, los dos candidatos que disputarán la segunda vuelta de las elecciones colombianas el próximo domingo a participar a más tardar este jueves de un debate, a realizarse en un medio de comunicación.

El Tribunal Superior de la capital colombiana hizo lugar así al pedido de un grupo de ciudadanos que sostuvo que la falta de debates violaba el derecho de los electores a una correcta información de los programas de los candidatos para decidir su voto, recogió la agencia de noticias Ansa.

El tribunal le ordenó a Petro, candidato del Pacto Histórico, y a Hernández, de la Liga de Gobernantes Anticorrupción, a que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación del fallo, es decir hasta el jueves, realicen un "un debate presidencial con las reglas y sobre los temas que estos señalen en la solicitud".

Hernández ya había suspendido su participación en los debates de la última semana previa a la primera vuelta, cuando algunos sondeos lo ponían en el segundo puesto que le aseguraba el pase al balotaje, y, en cuanto obtuvo el resultado en las urnas, comunicó que no debatiría con el ganador Petro, porque, dijo, los debates eran "dinámicas polarizantes y de odio".

Pero el Tribunal advirtió en su fallo que los ciudadanos no tienen un "simple derecho" a decidir el poder político con la información de los debates.

"Los debates presidenciales son en sí mismos considerados un derecho del candidato para exponer sus ideas, pero al mismo tiempo un deber frente al conglomerado social", sostuvo el fallo.

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