APROBÓ LA MORATORIA Y BENEFICIOS A PYMES

Diputados dio media sanción a la ampliación de la Corte de Justicia

La Cámara de Diputados no tuvo dificultades en aprobar los dos proyectos de ley remitidos por el Ejecutivo Provincial referidos a la moratoria y beneficios para Pymes, además de la ampliación a 9 miembros, el número de integrantes de la Corte de Justicia.

NDS |

Quedó a un paso la ampliación de la Corte de Justicia. El oficialismo por su mayoría logró sancionar los tres proyectos propuestos por el Ejecutivo.
Quedó a un paso la ampliación de la Corte de Justicia. El oficialismo por su mayoría logró sancionar los tres proyectos propuestos por el Ejecutivo.

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En una extensa Sesión Extraordinaria de ayer, por el número de legisladores que aglutina el oficialismo, se aprobó con 31 votos a favor, el proyecto de ampliación de la Corte que eleva de 7 a 9 los miembros del tribunal.

En el debate sobresalió el tema la emergencia sociosanitaria declarada en el norte provincial. Durante la discusión de anoche en el recinto, algunos diputados como Ramón Jesús Villa (PV) ratificaron que Gustavo Sáenz pretende cambiar esta ley sin fundamentos.

La diputada Gladys Moisés sostuvo que no había ninguna urgencia para tratar la modificación de la Corte. Subrayó que "hay temas como la muerte de niños en el norte y el mal servicio de agua que se presta en toda la provincia”.

Por su parte, Socorro Villamayor apoyó la iniciativa en base a la amplitud de causas que hoy llegan al máximo tribunal. En respuesta a sus pares resaltó que el proyecto "es de claro interés público, es necesario una justicia ágil, pronta para darle a un gobierno las herramientas necesarias y para que esta sea óptima, precisa y oportuna”, argumentó.

Aprobación en temas económicos

Según lo reflejaban los dictamenes se aprobó también la moratoria tributaria o sistema de regularización de deudas provinciales, el que incluyó un programa de financiamiento para el fomento de la creación de empleo en la provincia, alentando además el buen comportamiento fiscal y la reducción de la carga tributaria.

En tanto el otro proyecto de ley que tuvo también media sanción, establece un régimen de simplificación operativa para los pequeños contribuyentes, reduciendo los deberes formales que pesan sobre los mismos en la actualidad, y por otro lado, un mecanismo de mayor certidumbre recaudatoria para la Provincia.

La convocatoria del Ejecutivo a sesiones prevé avanzar puntualmente en el tratamiento de un temario de iniciativas destinadas, por un lado, a garantizar una mayor eficiencia y eficacia en el servicio de justicia, y, por otro, alivianar la apremiante situación de los contribuyentes en la provincia.

Respecto a la moratoria las críticas de la oposición estuvieron centradas en que se beneficia a sectores que obtuvieron ganacias extraordinarias y que especularon con esta medida.

El régimen especial y transitorio de regularización de deudas provinciales por tributos, regalías mineras, cánones de riego, como así también las que tengan origen laboral, por servicios,  por cuotas de préstamos o cualquier otro título o causa por las que el Estado Provincial, entidades autárquicas, sociedades del Estado y entes residuales resulten ser acreedoras, incluidas las que se encuentren en curso de discusión administrativa o sean objeto de un procedimiento administrativo o judicial. El acogimiento a la moratoria podrá realizarse a partir del 1 de abril próximo y hasta el 30 de junio de 2020.

El diputado Carlos Zapata (Capital-Ahora Patria) no logró que se incorporará un texto del dictamen en minoría en el artículo 1 de la moratoria. De igual modo no prosperó otra petición para que la moratoria no alcance, al ser amplia, a empresas o gente cuestionada por la justicia, como el del caso de la facturas apocrifas, aquellas que no concluyeron obras y quienes están vinculadas con la corrupción, señaló el diputado Julio Moreno (Capital-Ahora Patria).

Pequeños contribuyentes

El proyecto de ley sobre el sistema de régimen simplificado para pequeños contribuyentes no requirió de un debate como sucedió con los dos proyectos restantes.

Se aprobó prácticamente a libro abiertto y esto surgió a pedido de la Cámara de Comercio e Industria de Salta.

Se aclaró que no están alcanzados por este régimen los contribuyentes del Impuesto a las Actividades Económicas que desarrollen actividades exentas, los que tributarán por el régimen general. Asimismo, los pequeños contribuyentes del Impuesto a las Actividades Económicas que no tributan montos mínimos por estar incluidos en el primer párrafo del artículo 14 de la Ley Impositiva Nº 6611 (modificada por Ley Nº 8064), podrán solicitar a la Dirección General de Rentas su exclusión del presente régimen. 

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