Precisamente debido al aislamiento social, preventivo y obligatorio los trabajadores del sector público mayormente se encuentra cumpliendo tareas mediante el sistema virtual o teletrabajo y este tema será motivo de debate atento a un proyecto de ley de autoría de los diputados Patricia Hucena, Gonzalo Caro Dávalos y Martín Miguel Pérez.
El objeto de esta iniciativa legislativa es el de regular la modalidad de teletrabajo para los trabajadores estatales de la provincia de Salta.
En el articulado del proyecto se define al teletrabajo como la realización de actos, ejecución de obras o prestación de servicios en relación de dependencia por parte de una persona física a favor del Estado Provincial, cuando la actividad sea efectuada, total o parcialmente, en el domicilio de la persona que trabaja o en lugares distintos a las dependencias estatales mediante la utilización de tecnologías de la información y la comunicación.
Se establecerá que es aplicable a los trabajadores del Poder Ejecutivo, ya sea administración centralizada o descentralizada, Poder Judicial, Ministerio Público, Poder Legislativo y Entes Autárquicos de la provincia de Salta.
Reflejará o defenderá además que ningún Convenio, Estatuto o regulación específica, puede menoscabar los derechos ya establecidos.
El trabajador que se desempeñe bajo la modalidad de teletrabajo gozará de los mismos derechos, beneficios y obligaciones que los demás trabajadores del Estado Provincial, de acuerdo a las normas específicas que regulen la actividad.
La remuneración de los trabajadores no podrá ser menor de que la percibían o percibirían bajo la modalidad presencial.
En cuanto a la jornada laboral, la carga de trabajo y los criterios de resultados de quienes
trabajen utilizando la modalidad remota serán equivalentes a la de los trabajadores presenciales. Se otorgará derecho a toda persona que trabaje bajo la modalidad de teletrabajo a no ser contactada y a desconectarse de los dispositivos digitales fuera de su jornada laboral y durante los periodos de licencia.
Subasta de bienes
Los diputados Javier Diez Villa, Laura Cartuccia, Noelia Rigo, Enrique Sansone y María del Socorro Villamayor impulsan el proyecto de ley para autorizar por única vez y en forma excepcional, al Poder Ejecutivo para que proceda a la venta en subasta pública de todos los bienes muebles registrables y no registrables de propiedad del Estado Provincial.
Los bienes muebles son aquellos que no prestan utilidad en ninguna repartición, o que su mantenimiento resulte antieconómico, o no sean necesarios para la prestación de un servicio público o por cualquier otra causa debidamente
fundada. Se deben practicar los inventarios correspondientes y emitir los actos administrativos pertinentes en cumplimiento de lo establecido en la presente, en el Dcto. Ley 705 /57, en la Ley 8072 y demás normas vigentes.
El producido de las ventas, deducidos los honorarios profesionales de los martilleros
intervinientes, deberá ser depositado en una cuenta especial habilitada a tal efecto en el Banco Macro.
Se dispone que el 50% de los fondos serán destinados a otorgar créditos a actividades afectadas por la pandemia del Covid-19y el saldo a adquisición de vehículos para salud y seguridad.