EXHORTACIÓN DESDE LA LEGISLATURA

Orden de desalojos: "Los jueces deben respetar la Ley 26.160"

"Nosotros si respetamos la Ley 26.160, le tenemos que decir a los jueces que la deben respetar", dijo el presidente de la Cámara de Diputados, Santiago Godoy, en la reunión con la familia desalojada e integrantes de la comunidad Pueblo Tastil de la Quebrada del Toro.

NDS |

Santos Colque e Irene Martínez del Pueblo Tastil, familia que fue desalojada por orden del juez de Garantías N° 4, Diego Rodríguez Pipino.
Santos Colque e Irene Martínez del Pueblo Tastil, familia que fue desalojada por orden del juez de Garantías N° 4, Diego Rodríguez Pipino.

Habitantes de esa comunidad que fueron desalojados marcharon en medio de la lluvia hacia la capital de Salta la semana pasada tras el desalojo de Irene Martínez por orden del juez de Garantías N° 4, Diego Rodríguez Pipino

El desalojo se hizo en el marco de una resolución cautelar del juez que decidió restituir posesión a Ricardo Sola Usandivaras en perjuicio de Martínez. Tras esa decisión, otro poblador de la zona, Santos Colque, no pudo ingresar a su domicilio.

Pese a las presentaciones realizadas por la defensa de la mujer y el Ministerio de Asuntos Indígenas, y la disposición de la Ley 26.160 que suspende los desalojos de comunidades indígenas, el juez dio esa orden.

Godoy destacó que desde la Cámara de Diputados solo es posible hacer las gestiones ante la Corte de Justicia para que respete esta Ley y también la Ley Provincial 7658, que suspende los desalojos de campesinos no indígenas.

Ello ante la orden que ya fue ejecutada por la jueza de Metán, Olga Sapag, en una finca de Anta. Por ahora en ese territorio se decidió empezar a organizar a los perjudicados por los desalojos de la Justicia para empezar a reclamar colectivamente en contra de estas decisiones judiciales que perjudican a los pequeños productores.

Información en la cédula

Una de las propuestas hecha por la comunidad, es poder incidir en una iniciativa legislativa para que en las cédulas parcelarias se incluya cuáles zonas se encuentran en proceso administrativo de relevamiento de comunidades originarias según lo establecido por la Ley 26.160. Ello a fin de brindar una información más a nivel judicial cuando se presenten los distintos pleitos que involucran la posibilidad de ejecutar un desalojo.

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