De acuerdo a los informes elevados por la gerencia interviniente, se corroboró que el municipio padeció deficiencias en la prestación del servicio, durante el período mencionado.
Según la normativa vigente, el Ente Regulador, puede disponer lo necesario para que los servicios de la empresa se presten con los niveles de calidad, protección del medio ambiente y de los recursos naturales, conforme a los caracteres de regularidad, uniformidad, generalidad y obligatoriedad.
De esta manera, el Organismo de Control dejó sentado que ante la inexistencia de la prestación puede ordenarse la eximición del pago de la tarifa, resguardando la proporcionalidad entre la efectiva prestación y la facturación del servicio. La disminución dispuesta se verá reflejada en las próximas facturas que reciban los usuarios del municipio.
Según indicaron los vecinos de Rosario de Lerma, la situación de falta de servicio, sumado a la mala calidad del agua corriente de red, es de larga data pero se acentuó en la época estival, en donde más de la mitad de la población de esta ciudad, carecía del servicio. El problema desató protestas y hasta presentaciones judiciales.