En tanto, el fiscal ante la Corte, Eduardo Sylvester, el pasado 9 de octubre emitió un dictamen a favor del amparo que Guzmán Coraita inició en julio de este año. En febrero solicitó la información a Aguas del Norte.
"Interpuse la medida como ciudadano para que también se informe sobre los gastos en publicidad del 2018, 2019 y primeros meses del 2020, sobre los resultados de las auditorías internas que dijo Luis García Salado (presidente de Aguas del Norte) que iba a hacer cuando asumió en la empresa", señaló el abogado a Nuevo Diario.
Contó que Aguas del Norte pidió que se rechace el amparo aduciendo que es una empresa privada y que sus ingresos no provienen del Estado. Sumó que "la ley de acceso a la información (27.275) a la que adhirió la provincia aún no está reglamentada".
Agregó que "el dictamen del fiscal no es vinculante para el juez, pero antes del dictado de sentencia actúa el Ministerio Público, en este caso el Fiscal de Corte, que se expidió a favor del amparo".
En su dictamen, Sylvester señaló que el acceso a la información pública constituye un derecho reconocido por la Constitución, y que por lo tanto no necesita de ninguna reglamentación para ser operativo.
Señaló también que "…no existía ningún justificativo legal o normativo que impidiera a COSAYSA cumplir con el deber constitucional de responder al pedido de información formulado por el ciudadano Guzmán Coraita".
Concluyó diciendo que: "El derecho de acceso tiene un rango constitucional y constituye un componente esencial de la transparencia en los asuntos públicos y en el control ciudadano, pilares del correcto funcionamiento del sistema democrático. Por lo tanto, el deber de los órganos de la administración de brindar información de modo amplio y suficiente constituye una obligación para todos sus integrantes, lo que incluye a COSAYSA por las razones indicadas".