Es por ello que se determinó establecer un esquema de medidas que mantengan una normalidad controlada, donde ninguna actividad se encuentre suspendida, y sólo algunas funcionen con ciertas limitaciones para garantizar la prevención de los contagios. Las mismas tendrán vigencia desde el sábado 2 y hasta el jueves 14 de octubre, inclusive.
Durante el encuentro se determinó adherir a la recomendación del Ministerio de Salud de la Nación, la cual establece que desde ayer, deja de ser obligatorio el uso de barbijo o tapaboca al aire libre.
"Será obligatorio en espacios cerrados como escuelas, supermercados, lugares bailables y gastronómicos, cines, teatros, transporte público, ámbito laboral, eventos masivos y en espacios abiertos compartidos", dijo el presidente del COE, Juan José Esteban.
Agregó que "No será obligatorio al aire libre siempre y cuando no haya otras personas en contacto cercano, es decir, cuando se circule en forma individual o en burbuja, y en un espacio en el que no concurran muchas personas, a más de dos metros de distancia". Esteban también expresó que "la pandemia no ha terminado. Tenemos que seguir cuidándonos, porque aún estando inmunizados podemos contraer la infección y transmitirla, especialmente con la variante Delta y Mu".
Por otra parte, el COE definió eliminar las restricciones horarias de circulación en todo el territorio provincial, dispuestas oportunamente en el marco de la emergencia sanitaria por COVID-19. "El horario de funcionamiento de gastronómicos y locales bailables será de acuerdo a la regulación municipal", afirmó el funcionario.
Otras habilitaciones
Además de las normas de cuidado básico, como el uso de barbijo o tapaboca y el distanciamiento social, el Comité Operativo de Emergencia estableció que:
La capacidad en lugares cerrados y ventilados: Se permite hasta un máximo del (70%) de aforo en relación con la capacidad habilitada y no pudiendo superar las mil personas, cuando se trate de actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, gastronómicas, culturales, artísticas, deportivas, religiosas y recreativas.
Además se estableció que, en lugares públicos o privados de acceso público al aire libre, todas las actividades y reuniones sociales no podrán superar las mil personas ni el 70% de aforo en relación con la capacidad máxima habilitada o disponible del lugar donde se realice, y se deberá además respetar entre personas el distanciamiento.
Asimismo, en lugares públicos o privados de acceso público al aire libre, todas las actividades y eventos sociales que prevean un aforo superior a mil personas, deberán funcionar al 70% de su capacidad y contar con la autorización expresa de la Central Operativa de Control y Seguimiento (mail: cocscovid19@gmail. com) donde se analicen y contemplen las condiciones de higiene y seguridad, la organización, los riesgos, entre otros factores que hagan a la mayor prevención sanitaria y cumplimiento de protocolos. Deberán garantizar que el 100% de las personas que asistan a los mismos, cuenten con el esquema completo de vacunación contra COVID-19 (2 dosis).
En cuanto a la gastronomía, los locales deberán funcionar al 70% de su aforo y los asistentes tienen que estar inoculados, al menos, con la primera dosis de la vacuna contra coronavirus.