NUEVAS FLEXIBILIZACIONES EN LA PROVINCIA

En Salta: sin barbijo al aire libre, amplían aforos y horarios nocturnos

Teniendo en cuenta la situación epidemiológica de la provincia, el Comité Operativo de Emergencia (COE) se reunió ayer con el objetivo de analizar nuevas flexibilizaciones en la provincia.

Los locales nocturnos extenderán su horario de atención.
Los locales nocturnos extenderán su horario de atención.

Es por ello que se determinó establecer un esquema de medidas que mantengan una normalidad controlada, donde ninguna actividad se encuentre suspendida, y sólo algunas funcionen con ciertas limitaciones para garantizar la prevención de los contagios. Las mismas tendrán vigencia desde el sábado 2 y hasta el jueves 14 de octubre, inclusive.

Durante el encuentro se determinó adherir a la recomendación del Ministerio de Salud de la Nación, la cual establece que desde ayer, deja de ser obligatorio el uso de barbijo o tapaboca al aire libre.

"Será obligatorio en espacios cerrados como escuelas, supermercados, lugares bailables y gastronómicos, cines, teatros, transporte público, ámbito laboral, eventos masivos y en espacios abiertos compartidos", dijo el presidente del COE, Juan José Esteban.

Agregó que "No será obligatorio al aire libre siempre y cuando no haya otras personas en contacto cercano, es decir, cuando se circule en forma individual o en burbuja, y en un espacio en el que no concurran muchas personas, a más de dos metros de distancia". Esteban también expresó que "la pandemia no ha terminado. Tenemos que seguir cuidándonos, porque aún estando inmunizados podemos contraer la infección y transmitirla, especialmente con la variante Delta y Mu".

Por otra parte, el COE definió eliminar las restricciones horarias de circulación en todo el territorio provincial, dispuestas oportunamente en el marco de la emergencia sanitaria por COVID-19. "El horario de funcionamiento de gastronómicos y locales bailables será de acuerdo a la regulación municipal", afirmó el funcionario.

Otras habilitaciones

Además de las normas de cuidado básico, como el uso de barbijo o tapaboca y el distanciamiento social, el Comité Operativo de Emergencia estableció que:

La capacidad en lugares cerrados y ventilados: Se permite hasta un máximo del (70%) de aforo en relación con la capacidad habilitada y no pudiendo superar las mil personas, cuando se trate de actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, gastronómicas, culturales, artísticas, deportivas, religiosas y recreativas.

Además se estableció que, en lugares públicos o privados de acceso público al aire libre, todas las actividades y reuniones sociales no podrán superar las mil personas ni el 70% de aforo en relación con la capacidad máxima habilitada o disponible del lugar donde se realice, y se deberá además respetar entre personas el distanciamiento.

Asimismo, en lugares públicos o privados de acceso público al aire libre, todas las actividades y eventos sociales que prevean un aforo superior a mil personas, deberán funcionar al 70% de su capacidad y contar con la autorización expresa de la Central Operativa de Control y Seguimiento (mail: cocscovid19@gmail. com) donde se analicen y contemplen las condiciones de higiene y seguridad, la organización, los riesgos, entre otros factores que hagan a la mayor prevención sanitaria y cumplimiento de protocolos. Deberán garantizar que el 100% de las personas que asistan a los mismos, cuenten con el esquema completo de vacunación contra COVID-19 (2 dosis).

En cuanto a la gastronomía, los locales deberán funcionar al 70% de su aforo y los asistentes tienen que estar inoculados, al menos, con la primera dosis de la vacuna contra coronavirus.

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