Este fallo emitido por un tribunal eclesiástico se concretó al encontrarlo culpable de siete delitos, seis de ellos de abuso sexual y otro por falsa denuncia.
El sacerdote tiene 30 días para apelar. El tribunal dispuesto por orden de la Congregación para la Doctrina de la Fe estuvo conformado por tres sacerdotes que no pertenecen a la Arquidiócesis que proceso y sentenció a Aguilera.
Los sacerdotes que juzgaron al sacerdote aplicaron el sexto mandamiento del Decálogo contemplado en el Motus Propio del Sacramentorum Sanctitatis tutela (en adelante SST) en el que determinan que hubo delito de abuso sexual como caricias lascivas y acceso carnal en menores de edad, en reiteradas oportunidades.
También hicieron constar que hubo delito externo contra el sexto mandamiento del Decálogo contemplado en el Cánon 1395 que consiste en caricias lascivas y actos obscenos de menores.
El otro delito del que fue encontrado culpable Aguilera es el de falsa denuncia o crimine falsi tipificado en el Canon 1390, afectando la credibilidad de las víctimas y de los párrocos José María Lix, Klett Alejandro Pezet y Loyola Pinto y de Sancristóval.
Por la gravedad de los hechos el tribunal lo sentenció a la pena máxima, que es la dimisión del estado clerical.
El Arzobispado agradeció la valentía de las víctimas.