MEDIDAS LUEGO DE LA REUNIÓN DEL COE

Vuelta a los eventos masivos para más de 1.000 personas con aforo del 70%

Tras su reunión en la casa de Gobierno, el Comité Operativo de Emergencia (COE) Salta decidió hoy volver a habilitar los eventos masivos para más de 1000 personas con un aforo del 70% y con pase sanitario. De la reunión participó vía Zoom el ministro Juan José Esteban, aislado contagio de Covid-19.

El COE se reunió hoy con la presencia virtual del ministro Esteban por ser un caso positivo de coronavirus.
El COE se reunió hoy con la presencia virtual del ministro Esteban por ser un caso positivo de coronavirus.

Los eventos masivos deberán contar con la autorización expresa de la Central de Operaciones de Control y Seguimiento COVID-19, (COCS), solicitada con una antelación de 96 horas previas al evento. 

Los organizadores serán los responsables y tendrán la obligación de controlar el pase sanitario obligatorio para quienes concurran a estas actividades.

En el encuentro se determinó el regreso de los eventos masivos de más de 1.000 personas al aire libre con un aforo del 70%, mientras que los eventos que superen esa cantidad de asistentes en espacios cerrados quedan suspendidos.

La nueva resolución tendrá vigencia hasta el martes 28 de febrero y abre una ventana a la realización de festivales y fiestas populares al aire libre a pesar de la suba de casos por la tercera ola de la pandemia.

Estos encuentros deberán tener todos los avales y/o autorizaciones municipales y provinciales correspondientes, ante el COCS para obtener la autorización.

La forma de acreditación de pase sanitario será a través de cualesquiera de las aplicaciones denominadas "Cuidar" o "Mi Argentina", cuyos certificados podrán también exhibirse descargados en el dispositivo y/o impresos.

Las personas que no pudieran acceder a las aplicaciones, excepcionalmente podrán acreditar que poseen el esquema completo de vacunación con el certificado impreso en papel.

Las conductas que transgredan las disposiciones dictadas en el marco de la emergencia sanitaria y de la Resolución del COE, podrán ser pasibles de las previsiones de los artículos 202, 205 y 239 del Código Penal y lo establecido en la Ley N° 8206, Régimen Excepcional Contravencional para la Pandemia del Virus SARS-COV-2/COVID-19.

Además, se estableció que todas las actividades económicas, industriales, comerciales, gastronómicas, de servicios, sociales, familiares, recreativas, artísticas, culturales, religiosas y deportivas, deberán funcionar observando las siguientes medidas:

  • Uso obligatorio de barbijo o tapaboca en espacios compartidos cerrados y abiertos. No será obligatorio el uso cuando se circule a l aire libre a más de dos metros de distancia de otras personas. Sin perjuicio de ello, se recomienda su uso en espacios abiertos y al aire libre donde haya afluencia de personas.
  • Distancia de dos metros entre personas, con excepción de protocolos específicos que establezcan otro tipo de distanciamiento.

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