En la Aduana de con previa escala técnica en Salta donde se detectó la omisión de la Declaración General, la falta de acreditación de las normativas de prevención sanitarias que exige la ANAC y en contravención a la Resolución Gral. Conjunta AFIP ANAC RESGC-2019-4583-E-AFIP.
De no acreditarse judicialmente dichos extremos la situación configuraría la figura de Contrbando de Importación.
Tomó intervención el Ministerio Público Fiscal de la Nación, a través de la Unidad Fiscal Salta, Fiscal de Turno Dr. Carlos Amad y la Auxiliar Fiscal, quienes determinaron la interdicción sin derecho a uso de la aeronave, quedando en libertad supeditado a la causa, el único ocupante del vuelo, que se trataba del piloto a la sazón, ciudadano norteamericano.